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Como jubilar por enfermedad en Chile y Pensión Enfermo Terminal o con jubilación de invalidez por enfermedad que se verá mejorada por la contribución del SIS seguro de invalidez y sobrevivencia si cumple con los requisitos y la gestión de su asesor previsional.
LA JUBILACIÓN POR ENFERMEDAD
¿Qué hago si estoy muy enfermo?, si una persona tiene que retirarse de su trabajo por enfermedad común que le produce impedimentos para trabajar en forma normal, lo que puede hacer es intentar pensionarse por invalidez que es mucho mejor que una pensión de vejez, gracias al importante aporte adicional de contribución de capital a la cuenta de capitalización individual del seguro de invalidez y sobrevivencia (SIS), que se paga en cada cotización mensual AFP.
Entonces, si estoy enfermo ¿qué puedo hacer?... intentar jubilar aplicando para una pensión de invalidez.
La pensión por enfermedad crónica puede concretarse con uno de sus tipos y no tiene que ver con su listado que por los ejemplos se encuentras más abajo, sino con el porcentaje de los impedimentos personales que producen menoscabo en la vida diaria como en el trabajo, como consecuencia de la dolencia más importante que lo aqueja.
Enfermedades para jubilarse por invalidez en Chile
Agorafobia, Albinismo, Alzheimer, Aniridia, Artritis Reumatoide, Artrosis cervical, Ataxia, Cáncer, Cardiopatía Isquémica, Condromalacia Rotuliana, Depresión, Diabetes, Distimia, Distrofia de conos y bastones, Enfermedad de Behçet, Enfermedad de Crohn y/o Colitis ulcerosa, Enfermedades hepáticas, Enfermedades renales como por ejemplo la enfermedad renal terminal, Epilepsia, EPOC, Esclerosis Múltiple, Escoliosis, Espondilitis anquilosante, Espondilosis degenerativa, Esquizofrenia, Estenosis foraminal, Fibromialgia, Fibrosis quística, Hernia discal, Ictus, Lesión medular, Lumbalgia crónica, Lupus, Maculopatía, Miopía Magna, Narcolepsia, Neuropatía cubital, Parkinson, Postpolio, Radiculopatía Lumbar, Retinopatía diabética, Retinosis pigmentaria, Rizartrosis, Síndrome de Ménière, Síndrome de Raynaud, Síndrome de Sjögren, Síndrome de Südeck, Síndrome de Tourett, Síndrome del túnel carpiano, Síndrome subacromial, Siringomielia y Arnold Chiari, Stargardt, Trastorno Adaptativo Mixto, Trastorno bipolar, Trastorno de ansiedad.
La jubilación por enfermedad como una esclerosis múltiple la dan cuando el paciente está prácticamente planchado, es decir que sus impedimentos son mayores, no cuando su enfermedad se encuentra recién diagnosticada o no existen aún mayores dificultades. Este concepto se aplica a cualquier enfermedad para pensionarse.
Una vez jubilamos a una persona por alcoholismo, debido a que ya tenía un importante daño neurológico. Sugerimos cotizar seis meses en ese caso porque hacía dos años que estaba sin trabajo, para que se pensionase con el SIS.
¿Qué enfermedades entran en la pensión de invalidez? Las enfermedades para pensión invalidez en Chile son varias y tiene que ver con las cosas que una persona ya no puede hacer y que antes si podía para trabajar normalmente o desempeñarse en la vida diaria, por ejemplo, su vista. La pensión de invalidez no tiene que ver con el diagnóstico de una enfermedad específica, sino con el avance de esta y con el grado de los impidimentos personales que produce.
Como jubilar por enfermedad en Chile pensión enfermo terminal o con jubilación de invalidez por enfermedad que se verá mejorada por la contribución del SIS seguro de invalidez y sobrevivencia si cumple con los requisitos y la gestión de su asesor previsional.
¿Cómo enfrentar una enfermedad? Algunas personas pasan años enfermas y no tienen conciencia que pueden aplicar para una pensión por enfermedad crónica o complicada y que podría optar a una pensión por invalidez, lo peor que en muchos casos dejan de cotizar AFP para pagar los gastos médicos, perdiendo el beneficio del seguro AFP.
Si alguien se encuentra muy enfermo y necesita retirarse del trabajo debido a una enfermedad que le impide trabajar normalmente, es recomendable considerar la posibilidad de jubilarse por invalidez en lugar de optar por una pensión de vejez. La pensión por invalidez ofrece beneficios adicionales gracias a la contribución de capital del Seguro SIS, que se realiza con cada cotización mensual en la AFP.
Es importante tener en cuenta que la pensión por enfermedad crónica se basa en el porcentaje de los impedimentos personales y cómo afectan la vida diaria y el trabajo. No se limita a una lista específica de enfermedades, sino que se evalúa el impacto de la dolencia más importante en la capacidad de trabajar y desempeñarse en la vida diaria.
Algunas personas pasan años enfermas sin darse cuenta de que pueden aplicar para una pensión por enfermedad crónica o complicada, y a veces dejan de cotizar en la AFP para pagar los gastos médicos, perdiendo así el beneficio del seguro AFP. Es importante mantener las cotizaciones para asegurar una buena pensión de invalidez final.
La pensión de invalidez puede generar un capital significativo, en algunos casos incluso más de cuatrocientos millones de pesos, lo cual es una suma considerable. Esta pensión es un beneficio del sistema previsional chileno y ha sido de gran ayuda para las personas que se encuentran en la desafortunada situación de tener una enfermedad o haber sufrido un accidente no laboral que les impide trabajar normalmente.
Como jubilar por enfermedad en Chile y Pensión Enfermo Terminal o con jubilación de invalidez por enfermedad que se verá mejorada por la contribución del SIS seguro de invalidez y sobrevivencia si cumple con los requisitos y la gestión de su asesor previsional.
Si un empleado se retira por enfermedad laboral, el trámite correspondiente será atendido por la mutual correspondiente y no se realiza a través de la AFP.
En muchos casos, se recomienda cotizar al menos seis meses antes de presentar la Solicitud de Pensión por Invalidez, especialmente si la persona no ha cotizado en su AFP durante más de un año. Esto se debe a que, si se inicia el trámite sin haber cotizado en ese período, no se tendrá derecho a la cobertura del SIS, la cual es fundamental para obtener una buena pensión de invalidez final, en caso de que la invalidez sea aprobada por los dictámenes de la comisión médica de la Superintendencia de Pensiones.
¿Como tramitar la pensión por enfermedad?
Para iniciar el proceso de la jubilación anticipada por enfermedad, es recomendable ponerse en contacto con un asesor previsional de confianza. Estos asesores podrá brindar una asesoría personalizada, ayudar en la cotización, selección de ofertas y recibir los beneficios de una renta mensual de por vida. En este caso, te invito a contactar con los asesores previsionales mencionados, Luis Fernando Correa y Alejandro Mujica, para obtener la orientación adecuada en tu caso específico.
Como jubilar por enfermedad en Chile y Pensión Enfermo Terminal o con jubilación de invalidez por enfermedad que se verá mejorada por la contribución del SIS seguro de invalidez y sobrevivencia si cumple con los requisitos y la gestión de su asesor previsional.
Beneficios de pacientes terminales
¿Qué hacer ante una situación terminal? existen beneficios para pacientes terminales. La Ley de Beneficios para Enfermos Terminales Chile, es una importante legislación que tiene como objetivo brindar apoyo, ayuda económica y servicios de atención médica a personas que sufren de enfermedades terminales en el país. Esta ley reconoce la necesidad de cuidados compasivos y asistencia para aquellos que se enfrentan a las etapas finales de la vida, y se esfuerza por garantizar su bienestar y dignidad durante este momento desafiante. ¡Consúltenos!
El cómo jubilar bien tiene que ver con poder recibir las ofertas de pensión con asesoría previsional exentas de conflictos de interés, que lo otorga en forma exclusiva un asesor previsional registrado.
Espero que esta información sea útil y le deseamos un buen resultado en su proceso de jubilación por enfermedad y para eso es mejor asesorarse por nosotros como especialistas y asesores previsionales registrados para que tenga mejores posibilidades de que le resulte este trámite de pensión por invalidez.
¡Esperamos su consulta! por la mejor jubilación posible por enfermedad.
Muchas gracias.
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Pensión jubilación por invalidez requisitos en Chile con impedimentos en capacidad de trabajo que producen menoscabo en domicilio los trayectos y en el trabajo, es mejor que otros tipos de pensión porque tiene el aporte importante en dinero del Seguro SIS a la cuenta de capitalización individual.
JUBILACIÓN POR INVALIDEZ
Como un beneficio del sistema previsional chileno, dentro de las mejores jubilaciones y pensiones se encuentra la pensión de invalidez por enfermedad o accidente no laboral, debido a la importante contribución en dinero a la cuenta de capitalización individual, del Seguro de invalidez y sobrevivencia SIS para conseguir la pensión de referencia. Este beneficio se mantendrá vigente, mientras el afiliado tenga sus cotizaciones al día AFP o haya cotizado regularmente los últimos seis meses, o si ha sido dependiente y cotizado hasta un año antes del evento. La invalidez laboral la atienden las mutuales.
¿Qué enfermedades entran en la pensión de invalidez?
Aquellas que afectan a las articulaciones.
Afecciones al sistema nervioso central, como el Alzheimer.
Problemas respiratorios como, asma o un trasplante de pulmón.
Enfermedades renales crónicas o la enfermedad renal terminal
Problemas complicados en la visión o audición.
Problemas cardíacos como infartos e insuficiencia graves.
La pensión de invalidez tiene que ver con los impedimentos personales que le producen un menoscabo en el trabajo y en la vida diaria. Para que le resulte el tramite los impedimentos tienen que estar desarrollados
Pensión jubilación por invalidez requisitos en Chile con impedimentos en capacidad de trabajo que producen menoscabo en domicilio los trayectos y en el trabajo, es mejor que otros tipos de pensión porque tiene el aporte importante en dinero del Seguro SIS a la cuenta de capitalización individual.
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¿Cómo acceder a pensión de invalidez?
* Para jubilarse por invalidez hay que tener entre 18 y 65 años de edad.
* Estar afiliado a una AFP, salvo la pensión básica solidaria de invalidez.
* Los afiliados voluntarios e independientes tienen cobertura por el mes siguiente a la cotización.
* No estar pensionado por vejez.
* Haber perdido a lo menos, el 50% de tu capacidad de trabajo, por causa distinta a una enfermedad profesional o accidente laboral.
* Ser declarado Inválido por la Comisión Médica (regida por la Superintendencia de Pensiones).
* Si tienes contrato con una compañía de seguros que cubra el SIS de la pensión de invalidez, los requisitos para optar a ella son:
+ Estar cotizando a la fecha de la declaración de Invalidez (del primer dictamen).
+ Si estás cesante a esa fecha, el período no debe superar los 12 meses y debes tener a lo menos, 6 meses de cotizaciones el año anterior, contados desde el inicio de la cesantía.
Si por algún motivo usted no puede trabajar por dolencia o afección o tiene un problema físico que produce el reducimiento en la capacidad de trabajo que impide desenvolverse normalmente, esta grave y no sabe que hacer, el sistema contempla una jubilación por invalidez.
Antes de presentar una Solicitud de Pensión por Invalidez es necesario estar cotizando o haber cotizado hasta un año antes del evento para que opere el SIS. Este beneficio del sistema le cubre hasta los 65 años.
Si una persona no ha cotizado por más de un año o es independiente y no ha cotizado, va a tener que cotizar AFP en forma voluntaria durante seis meses, antes de hacer la Solicitud de Pensión por Invalidez, para tener derecho al SIS.
La comisión médica es la entidad emite un dictamen de invalidez si una persona tiene la calificación para una pensión de Invalidez, para esto es necesario contactarse a su AFP con su certificado de nacimiento, y los certificados de nacimiento del cónyuge o padre de los hijos, e hijos menores de 24 años, si es que tiene, junto con todos los antecedentes médicos y presentar su solicitud. Luego, la comisión médica evaluará si le corresponde algún grado de invalidez ya sea la invalidez parcial entre 50% y 2/3 o sobre 66% la invalidez total.
La pensión de invalidez total es igual al 70% del promedio imponible de los 10 últimos años, de manera que si no cotizó un tiempo le baja un poco el promedio pero no le perjudica de manera significativa.
Si no ha cotizado últimamente y es independiente hay que cotizar por 6 meses antes de iniciar el trámite.
Personalmente acompaño o guío a las personas a iniciar este trámite a la AFP y después a la comisión médica, o le oriento por los medios en todos los pasos para obtener una pensión de invalidez.
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Pensión por Invalidez
La pensión de invalidez es el beneficio que reciben, mediante una cantidad mensual en dinero, aquellos afiliados que la Comisión Médica de la Superintendencia de Pensiones ha declarado inválidos por una enfermedad para jubilarse por invalidez . Luego de ejecutoriado el Dictamen y de constituido el Saldo de la Cuenta, se obtendrá el monto de la Pensión de Invalidez, que se financiará con este Saldo, el que considerará, cuando corresponda, el Aporte Adicional del SIS realizado por el seguro que contrató la A.F.P.
Requisitos pensión por invalidez
Tienen derecho a pensión de invalidez los afiliados no pensionados del sistema, que sin cumplir los requisitos de edad para obtener pensión de vejez, y a consecuencia de enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, sufran un menoscabo permanente de su capacidad de trabajo, de acuerdo a lo siguiente:
Pensión de Invalidez Total, que es jubilación por invalidez total y permanente para afiliados con una pérdida de su capacidad de trabajo de, al menos, dos tercios, y
Pensión de Invalidez Parcial, para afiliados con una pérdida de su capacidad de trabajo igual o superior a cincuenta por ciento e inferior a dos tercios.
Pensión Transitoria
La pensión de invalidez parcial que se otorga en virtud de un primer dictamen, tendrá un carácter de transitorio, ya que subsiste por un período de tres años, al cabo del cual se efectúa una reevaluación de la invalidez que afecta al trabajador, pudiendo ser confirmada pasando a ser definitiva.
Financiamiento de la Pensión Transitoria
Cuando el afiliado tiene la cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, la pensión es pagada por la A.F.P., con cargo a la Compañía de Seguros que contrató con este fin. Es decir, no se usan los fondos de la Cuenta Individual del afiliado.
Cuando el afiliado carece de la cobertura del Seguro indicado (no cotiza hace más de un año), la paga la A.F.P. con cargo a la Cuenta de Capitalización Individual (incluidos el Bono de Reconocimiento y su Complemento, si corresponde).
Pensión Definitiva por Invalidez
La invalidez total es otorgada mediante un único dictamen y, por lo tanto, definitivo.
Si, como resultado de la reevaluación, se determina que el pensionado presenta una pérdida de capacidad de trabajo menor al 50%, el afiliado pasa a ser activo.
Si fuese favorable, es decir, si se acepta la invalidez en forma total o parcial, la A.F.P. entregará al pensionado el Certificado de Saldo para que ejerza el derecho a optar por la modalidad de su Pensión Definitiva de Invalidez suscribiendo la Selección de Modalidad.
Financiamiento de la Pensión Definitiva de Invalidez
Con la Cuenta de Capitalización Individual del afiliado, incluidos el Bono de Reconocimiento y el Aporte Adicional o contribución en dinero que debe hacer la Compañía de Seguros que administra el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia SIS, si corresponde. En el caso de los inválidos parciales, de este saldo se retiene un 30%.
Aporte adicional del SIS
Es la diferencia entre el capital necesario para financiar la pensión de referencia y la suma del saldo de la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias y/o cuenta de capitalización individual del afiliado voluntario, acumulado por la capitalización de las respectivas cotizaciones y bono de reconocimiento, cuando corresponda. (Fuente: Compendio de la Superintendencia de Pensiones)
¿Si estoy grave puedo jubilarme?
Si, una jubilación por invalidez es mejor que otros tipos de pensión, porque es un beneficio del sistema previsional chileno para las personas que no pueden seguir trabajando por una enfermedad o accidente no laboral
La posibilidad de pensionarse por invalidez a una persona enfermedad le da una esperanza para conseguir la tranquilidad de una pensión mensual, mejor que la que se hubiese conseguido por vejez, gracias al aporte del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia SIS.
Con una pensión de invalidez podrá seguir trabajando con teletrabajo si quiere, pero a un ritmo mejor con una buena base económica, que por ejemplo le dará el suficiente tiempo como para dormirse una siesta y en la tarde seguir trabajando otro poco
Nos encantaría conversar personalmente con usted o que nos conectemos por Meet, para que nos haga todo tipo de preguntas al respecto de pensionarse por invalidez.
Cuando como y donde conversemos, estamos a su disposición
Una pensión jubilación por invalidez requisitos en Chile con impedimentos en la capacidad de trabajo que producen menoscabo en domicilio los trayectos y en el trabajo, es mejor que otros tipos de pensión porque tiene el aporte importante en dinero del Seguro SIS a la cuenta de capitalización individual.
Para iniciar su trámite de jubilación por invalidez tomando en cuenta todos los puntos de vista para jubilarse, cotizar ofertas para la selección y recibir una pensión mensual, contáctese más temprano que tarde con Luis Fernando Correa, o un asesor previsional como Alejandro Mujica, de este sitio Web.
¡Le esperamos!.
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Jubilación pensión de invalidez por fibromialgia en Chile se requiere un largo historial médico para tener alguna posibilidad de que resulte el trámite ya que no existen exámenes que prueben la enfermedad.
¿Qué es la fibromialgia?
La fibromialgia es un trastorno caracterizado por dolor muscular generalizado, fatiga y áreas de sensibilidad en todo el cuerpo. Este trastorno afecta a ambos sexos, aunque es más común en mujeres. Aunque la causa exacta de la fibromialgia no está completamente clara, se cree que puede estar relacionada con una variedad de factores, incluyendo genética, infecciones, traumas físicos o emocionales y, posiblemente, alteraciones en la forma en que el cerebro percibe el dolor.
Los síntomas de la fibromialgia pueden variar en severidad y duración, e incluyen:
Dolor crónico generalizado. El dolor asociado con la fibromialgia a menudo se describe como un dolor constante y sordo que dura al menos tres meses. Para ser considerado como un signo de fibromialgia, el dolor debe ocurrir en ambos lados del cuerpo y tanto por encima como por debajo de la cintura.
Fatiga. Las personas con fibromialgia a menudo se despiertan cansadas, incluso después de haber dormido largos periodos de tiempo. El sueño puede ser interrumpido por el dolor, y muchas pacientes con fibromialgia tienen otros problemas de sueño, como apnea del sueño o síndrome de las piernas inquietas.
Problemas cognitivos. Un síntoma comúnmente referido como "fibro niebla" puede afectar la habilidad para prestar atención, concentrarse en tareas mentales y recordar información.
Otros problemas. Muchas personas con fibromialgia también pueden experimentar cefaleas tensionales, disfunción de la articulación temporomandibular (TMJ), síndrome del intestino irritable, ansiedad y depresión.
El tratamiento de la fibromialgia suele ser un enfoque multidisciplinario que incluye medicamentos, ejercicio, manejo del estrés y terapias cognitivo-conductuales. Aunque no hay una cura conocida para la fibromialgia, estos tratamientos pueden ayudar a aliviar los síntomas y mejorar la calidad de vida.
Una jubilación pensión de invalidez por fibromialgia en Chile se requiere un largo historial médico para tener alguna posibilidad de que resulte el trámite ya que no existen exámenes que prueben la enfermedad.
Pensión fibromialgia
El trámite de una pensión por enfermedad con una fibromialgia en Chile es similar a otros casos de jubilación por invalidez. Aquí te proporciono una guía básica:
Contacta a tu AFP (Administradora de Fondos de Pensiones): Debes iniciar una Solicitud de Pensión para iniciar el trámite de pensión por invalidez. Este documento generalmente debe ser completado en la AFP con los antecedentes médicos con el diagnóstico e historial de la enfermedad.
Cotizaciones: Para que el seguro de invalidez sea válido, debes haber estado cotizando en el sistema o al menos haber cotizado hasta un año antes de la solicitud para pensionarte cubierto por el Seguro SIS. Este seguro te cubrirá hasta los 65 años.
Solicitud de Pensión por Invalidez: Con todos los documentos en mano (certificados de nacimiento tuyos y de tu cónyuge o hijos, si los tienes, y todos los antecedentes médicos), deberás presentar una Solicitud Pensión de Invalidez en tu AFP.
Evaluación por parte de la Comisión Médica: Luego de presentar tu solicitud, la comisión médica de la AFP evaluará tu caso para determinar si calificas para una pensión de invalidez.
Grados de Invalidez: Si se determina que tienes invalidez, la comisión médica te asignará un grado de invalidez, que puede ser parcial (entre 50% y 2/3) o total (sobre 66%).
Beneficios de la Pensión de Invalidez: Si calificas para una pensión de invalidez, generalmente recibirás una pensión que equivaldrá al 70% del promedio imponible de tus últimos 10 años de trabajo.
Es importante destacar que cada caso de fibromialgia es único y la aceptación de la solicitud de pensión de invalidez puede variar. Aunque la fibromialgia puede ser difícil de comprobar médicamente, si la persona afectada tiene otros problemas de salud, esos problemas adicionales podrían aumentar las posibilidades de ser aprobada para una pensión de invalidez.
Te aconsejo que busques asesoría profesional que pueda guiarte en este proceso, ya que las políticas y procedimientos pueden variar.
La jubilación pensión de invalidez por fibromialgia en Chile se requiere un largo historial médico para tener alguna posibilidad de que resulte el trámite ya que no existen exámenes que prueben la enfermedad.
Recuerda que esta información de pensión por fibromialgia en Chile es solo una guía y es importante que consultes con las instituciones correspondientes y/o un profesional como un asesor previsional como uno de los de aquí presentes para obtener información precisa y actualizada sobre tu situación específica.
Esperamos sus consultas.
Muchas gracias.
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El retiro programado como modalidad de pensión y sus características de jubilación variable con cargo la cuenta de capitalización individual pagar la pensión al afiliado o beneficiarios legales
¿Qué es pensión por Retiro Programado?
¿Qué es el retiro programado: Retiro Programado es aquella modalidad de pensión que obtiene el afiliado con cargo al saldo que mantiene en su cuenta de capitalización individual, como resultado de retirar anualmente la cantidad expresada en U.F. que resulte de dividir cada año, el saldo real de su cuenta de capitalización individual por el capital necesario para pagar una unidad de pensión al afiliado y, fallecido éste, a sus beneficiarios.
Tasa retiro programado
Actualización tasa de Interés de cálculo: En virtud de lo establecido en el inciso cuarto del artículo 64 del D.L. N° 3.500 de 1980 y en los artículos sexto y séptimo del D.S. conjunto N° 47, de 2019, de los Ministerios de Hacienda y del Trabajo y Previsión Social, acorde a la circular 2309 de la Superintendencia de Pensiones, desde octubre del año 2023 la tasa de retiro programado y rentas temporales es de 4,71%.
Las actuales tasas de retiro programado son políticas y temporales, para ayudar a los pensionados mientras dure la crisis política económica actual, posteriormente la tasa de retiro programado debería volver a bajar.
El retiro programado como modalidad de pensión y sus características de jubilación variable con cargo la cuenta de capitalización individual pagar la pensión al afiliado o beneficiarios legales.
Todavía es bueno seleccionar el retiro programado como modalidad de pensión, aunque por otras razones ahora estamos recomendando cambio a compañía de seguros.
El año 2023 las tasas de renta vitalicia volvieron a subir, colocándose alrededor de un 10% abajo del retiro programado, como es tradicional.
Tienen derecho a optar por la modalidad los afiliados o beneficiarios que se definen a continuación:
a) Afiliados que se pensionen por vejez edad.
b) Afiliados que se pensionen por vejez anticipada.
c) Afiliados declarados inválidos conforme a un único dictamen o conforme a un segundo dictamen de invalidez, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4º del D.L. Nº 3.500, de 1980.
d) Afiliados declarados inválidos parciales conforme a un primer dictamen, que no se encuentren en alguna de las situaciones señaladas en el artículo 54 del citado D.L. Nº 3.500.
e) Afiliados declarados inválidos previos, mediante la emisión de un primer dictamen.
f) Beneficiarios de pensión de sobrevivencia causada por un afiliado activo.
g) Beneficiarios de pensión de sobrevivencia causada por un afiliado afecto a pensiones de invalidez transitorias cubiertas por el seguro.
Formas de Cálculo de la Anualidad
Pensión de vejez e invalidez
La anualidad se determinará como la suma de las anualidades generadas por los diferentes registros de las cuentas personales, cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias incluida la bonificación por hijo para mujeres cuando corresponda (CCICO), distinguiendo aquellos fondos traspasados del Seguro de Cesantía (SC) y desde la cuenta de ahorro voluntario (CAVRTG) de los restantes; cuenta de capitalización individual de depósitos convenidos (CCIDC); saldo destinado a pensión de la cuenta de capitalización individual de cotizaciones voluntarias (SPCVRA y SPCVRB); saldo destinado a pensión de la cuenta de capitalización individual de ahorro previsional voluntario colectivo (SPAPVCRA y SPAPVCRB) y cuenta de afiliado voluntario (CAFIV).
¿Qué ventajas tiene el retiro programado?
. Permite mayor control sobre su dinero
. El pensionado mantiene la propiedad de los fondos previsionales.
. Se puede dejar los ahorros como herencia y parte de la posesión efectiva.
. El pensionado puede obtener ganancias si maneja bien los multifondos, si sigue los consejos de los especialistas.
. Además se permite que el pensionado tenga el riesgo de retorno de las inversiones.
. Está garantizado por el Estado si el jubilado tiene derecho a garantía estatal.
. Puede cambiar de modalidad de pensión a renta vitalicia cuando quiera.
¿Quiénes tienen derecho a optar por la Modalidad Retiro Programado?
Los afiliados que:
. Se pensionen por Vejez o Vejez Anticipada.
. Sean declarados inválidos conforme a un único o 2o. Dictamen de Invalidez
. Sean declarados inválidos parciales mediante primer dictamen "no cubiertos por el SIS" (seguro invalidez y sobrevivencia)
. Sean declarados inválidos "previos", mediante un primer dictamen.
Beneficiarios de sobrevivencia causada por:
. Un afiliado activo.
. Pensionado de invalidez transitoria cubierta por el SIS.
¿Cuándo se debe efectuar el re cálculo de la anualidad?
La anualidad y las pensiones deben ser recalculadas cada año, en el mismo mes calendario en que se devengó la pensión correspondiente, actualizando la declaración de beneficiarios del afiliado.
¿En qué caso corresponde efectuar re cálculos extraordinarios de las pensiones?
Cada vez que se produce lo siguiente:
a) Ingreso de fondos por liquidación o reliquidación de BR (bono de reconocimiento), traspaso de recursos de Planes de APV Individual o Colectivo, Depósitos Convenidos, Cotizaciones Voluntarias, Cuenta del Afiliado Voluntario y Ahorro Voluntario.
b) Egreso de fondos por pago de ELD (excedente de libre disposición), después de iniciado el pago de pensiones.
c) Modificación de las características de los beneficiarios (fallecimiento, invalidez, acreditación de uno nuevo, pérdida de la tal, Etc.)
d) Ingreso de una bonificación por hijo nacido vivo (bono por hijo)
Los re cálculos extraordinarios no alteran la fecha del recalculo anual.
El afiliado que opta por Retiro Programado, ¿está obligado a hacerlo en su AFP?
No; puede escoger Retiro Programado en la AFP de su elección.
El afiliado que se pensiona por Retiro Programado, ¿está obligado a retirar la mensualidad calculada?
Quienes tengan derecho a percibir pensiones superiores al monto de PGU pueden optar por retirar una suma inferior a la que les corresponda. Para tales efectos, deben manifestar por escrito su opción en la Solicitud de Pensión o en forma posterior.
¿Piso? Monto de la PBSV
. Si el monto de la pensión es inferior a la pensión garantizada universal, el afiliado o los beneficiarios, si tiene derecho a los beneficios del Pilar Solidario, podrá optar por ajustar a la PGU, siendo responsabilidad de la AFP informar al afiliado o los beneficiarios, las consecuencias que tiene el retiro de montos mayores a los inicialmente calculados.
¿Cuándo se debe iniciar el pago?
En caso de vejez edad o invalidez al optar por la modalidad Retiro Programado?
Si el afiliado se encontraba en régimen de pago preliminar, la AFP debe efectuar el primer pago de pensión definitiva en la próxima fecha de pago. En caso contrario debe efectuarlo a los 10 días hábiles de seleccionada la modalidad de pensión.
¿Qué debe hacer el afiliado pensionado que desee cambiarse de la modalidad de retiro programado a una renta inmediata o diferida?
Puede manifestar su opción, suscribiendo el formulario "Solicitud de Cambio de Modalidad de Pensión"
La pensión de retiro programado AFP tiene las ventajas de un mejor manejo en la parte tributaria en algunos casos, ya que es más flexible que la renta vitalicia y estos beneficios, se los puedo explicar personalmente.
El Retiro Programado es una opción de pensión bastante flexible y con múltiples ventajas para ciertos individuos. Sin embargo, siempre es importante tener en cuenta que la elección de una modalidad de pensión debe basarse en una cuidadosa consideración de las circunstancias individuales de cada persona, incluyendo su salud, situación financiera y metas de jubilación. Por eso, es fundamental buscar asesoría previsional profesional para tomar la mejor decisión posible. Asegúrate de entender completamente todas las implicaciones antes de tomar una decisión.
El retiro programado como modalidad de pensión y sus características de jubilación variable con cargo la cuenta de capitalización individual pagar la pensión al afiliado o beneficiarios legales.
Para iniciar su tramite de jubilación para cotizar ofertas para la selección y después de recibir un exclusivo Informe Final de Pensión seleccionar como modalidad de pensión R.P. y obtener una mejor jubilación recibir los beneficios de la mejor pensión mensual posible tomado en cuenta todos los datos incluyendo los impuestos, contáctese más temprano que tarde con uno de los asesores previsionales registrados de Más Pensión.
Mas temprano que tarde ¡contáctese con nosotros!.
Muchas gracias.
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Rentas vitalicias en Chile son seguros de empresas reguladas con sus tipos y cláusulas adicionales es la modalidad de pensión más requeridas por los pensionados.
¿Qué es una Renta Vitalicia?
Es una modalidad de pensión contratada con una compañía de seguros de vida que puede ser de varios tipos de pensión y que se pueden incluir cláusulas adicionales de renta vitalicia para mejorar las alternativas, te asegura una renta mensual fija en UF para siempre mientras vivas, en caso de fallecimiento garantiza el pago de pensiones de sobrevivencia a los beneficiarios legales con la posibilidad de la cláusula de aumento del porcentaje, o para las personas designadas del periodo garantizado de pago, si se elige esta opción.
¿Una renta vitalicia en qué consiste?
Es un seguro, que le otorga una renta mensual para toda su vida, que se compra con una prima única de capital AFP respaldada por un contrato entre una compañía de seguros y un afiliado, en el cual la aseguradora se compromete a una pensión de por vida al asegurado y a sus beneficiarios legales, o garantizados de pensión hasta el fin del periodo contratado, a cambio de su dinero acumulado en su AFP que se traspasa a la compañía de seguros, donde la compañía de seguros asume el riesgo financiero y de sobrevida.
Los fondos AFP traspasados a la compañía de seguros constituyen la prima o precio por la renta contratada y pasan a ser de su propiedad, por lo que al fallecimiento del asegurado o del último de los beneficiarios con derecho a pensión, termina la renta vitalicia y cesa la responsabilidad de la compañía de seguros, no generando derecho a herencia.
Es un desafío donde la compañía de seguros que le vende la renta vitalicia apuesta que el asegurado y su grupo familiar va a fallecer antes de lo calculado para quedarse con su dinero y el asegurado apuesta a que va a vivir mas de los años que se necesitan para recuperar el capital de la prima única mediante pensiones mensuales, desde la edad legal de pensión, o antes si es pensión de invalidez o viudez. También apuesta que si vive más de lo calculado su grupo familiar va a tener una ganancia económica con seguridad.
Si la pensión con renta vitalicia se ha contratado con una de las cláusulas adicionales de renta vitalicia, como por ejemplo la de período garantizado, cumpliéndose las condiciones que ésta establece, podrían pensiones disponibles para los beneficiarios legales de pension o los libremente designados del asegurado fallecido, por las rentas garantizadas no percibidas.
En una renta vitalicia garantizada la compañía de seguros apuesta a que le va a sacar una mejor rentabilidad al capital en el tiempo, quedándose con un margen de ganancia y el asegurado apuesta a recuperar todo el capital invertido en la aseguradora para su familia dentro del periodo garantizado, para una renta vitalicia en caso de fallecimiento.
Al traspasar la prima única para pagar el seguro a la compañía de seguros, el dinero ya no le pertenece al pensionado, por lo que este ni nadie puede hacer uso de ese dinero que es de propiedad de la compañía de seguros que emitió la póliza, respaldada por un contrato que existe en Chile y en todos los países del mundo donde se venden seguros.
La renta vitalicia previsional es un acto voluntario de las partes, el contratante y el contratado. Yo quiero una renta vitalicia.
Como este seguro es irrevocable, antes de firmar la aceptación de la oferta hay que fijarse si las características de la misma oferta cumplen sus expectativas y las de su grupo familiar, la tasa de venta, la clasificación de riesgo y el endeudamiento de la compañía de seguros, de tal manera de tomar con entendimiento una decisión informada de pensión.
Existen varias posibilidades en rentas vitalicias, a saber: Renta Vitalicia Inmediata, Renta Vitalicia con Retiro Programado, Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida. A continuación una breve descripción de cada una de ellas.
Rentas vitalicias en Chile son seguros de empresas reguladas con sus tipos y cláusulas adicionales es la modalidad de pensión más requeridas por los pensionados.
Renta Vitalicia Inmediata
El contrato de renta vitalicia inmediata es un seguro en una compañía de vida a su elección que otorga una renta mensual fija en UF. para toda su vida, desde el momento en que se suscribe el contrato o a partir de un período establecido, hasta el fallecimiento del afiliado o el fin del período garantizado de pago contratado, incluyendo una cuota mortuoria y el pago de pensiones de sobrevivencia a los beneficiarios legales.
Renta Vitalicia con Retiro Programado
Esta renta vitalicia combinada diversifica la inversión entre una renta vitalicia inmediata y una pensión de retiro programado AFP. Bajo esta alternativa de renta vitalicia combinada los afiliados pueden distribuir su saldo para contratar una renta vitalicia de un cierto monto de prima con una compañía de seguros y con la diferencia restante combinarla contratando un retiro programado AFP.
Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida
La Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida es aquella modalidad de pensión por la cual el afiliado o sus beneficiarios contratan con una Compañía de Seguros de Vida el pago de una renta mensual a contar de una fecha futura, determinada en el contrato de Renta Vitalicia Diferida, y convienen con la Administradora, una renta temporal inicialmente más alta generalmente al doble, durante el período que medie entre la fecha de selección de la opción y la fecha en que la Renta Vitalicia Diferida comenzará a ser pagada por la Compañía de Seguros con la que se celebró el contrato. En este caso la AFP traspasará la prima contratada y retendrá los fondos suficientes calculados para pagar la Renta Temporal de jubilación al doble.
Elementos relevantes sobre las Rentas Vitalicias son los cambios de Modalidad de Pensión y las Cláusulas de Rentas Vitalicias.
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