Tipos y modalidades de pensión del Sistema de Pensiones en Chile. Esta Web explica los tipos y modalidades de jubilación en Chile, destacando las diferencias clave, ventajas y riesgos entre opciones como el Retiro Programado y la Renta Vitalicia. Además, subraya que la guía de un Asesor Previsional es indispensable para analizar tu situación personal y tomar una decisión económica financiera segura y bien informada para tu futuro.

Tomar la decisión de jubilarse es uno de los hitos más importantes de la vida. Es completamente normal sentir incertidumbre ante términos técnicos y múltiples opciones. Sin embargo, comprender cómo funciona el Sistema de Pensiones en Chile es el primer paso para asegurar tu tranquilidad financiera.
Para tomar la mejor decisión, es vital distinguir entre dos conceptos clave: el Tipo de Pensión (la causa por la que te pensionas) y la Modalidad de Pensión (cómo se administrará y pagará tu dinero). A continuación, te explicamos cada uno de ellos de forma clara y directa.
El "tipo de pensión" se refiere a la razón legal o vital por la cual solicitas tus fondos. El sistema actual contempla cuatro escenarios principales:
Una vez determinado tu tipo de pensión, debes elegir la "modalidad". Esta decisión es crucial, ya que define quién administrará tu dinero, cómo se calculará tu pago mensual y qué pasará con tus fondos al fallecer.
Es la modalidad más utilizada. Tus ahorros se mantienen en tu cuenta individual de la AFP, la cual te paga una pensión mensual hasta que los fondos se agoten.
El cálculo básico anual toma tus fondos acumulados (menos los costos de administración) y los divide por un factor de conversión, el cual considera tu edad, expectativa de vida y la rentabilidad de los mercados.
En esta opción, traspasas tus fondos a una Compañía de Seguros de Vida. A cambio, la aseguradora se compromete por contrato a pagarte una pensión mensual fija en Unidades de Fomento (UF) para toda tu vida y, al fallecer, a tus beneficiarios legales.
Si buscas un equilibrio entre seguridad y liquidez, el sistema ofrece alternativas mixtas:
Para facilitar tu elección, aquí tienes las ventajas y desventajas de las dos modalidades principales:
Característica | Retiro Programado (AFP) | Renta Vitalicia (Aseguradora) |
Seguridad de monto | Variable. Se recalcula cada año y tiende a bajar con el tiempo. | Fija y garantizada de por vida en UF. |
Propiedad del dinero | Sigue siendo tuyo. Puedes cambiarte de modalidad o de AFP. | Pasa a ser de la aseguradora. Es un contrato irrevocable. |
Herencia | Si falleces sin beneficiarios legales, el saldo restante es herencia. | No genera herencia (salvo que contrates cláusulas adicionales específicas). |
Riesgo financiero | Lo asume el afiliado (depende de las fluctuaciones del mercado). | Lo asume la aseguradora. |
Estrategia Tributaria | Permite mayor flexibilidad para manejar tramos del Impuesto Global Complementario. | Menor flexibilidad tributaria al ser un monto inamovible. |
La elección de tu modalidad de pensión es irrevocable en el caso de las rentas vitalicias, y los errores de cálculo en el Retiro Programado pueden costar muy caros a largo plazo. No existe una "fórmula mágica" que sirva para todos; la mejor opción depende exclusivamente de tu realidad.
Un Asesor Previsional experto te aportará valor real al:
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Entendemos que jubilarse es uno de los momentos económicos más cruciales de tu vida. En Más Pensión, somos especialistas en el complejo sistema de las AFP en Chile y nos dedicamos a ayudarte a obtener el mejor monto posible para que disfrutes de esta nueva etapa con total tranquilidad financiera.
Nuestro sitio web está diseñado para explicarte a fondo los tipos y modalidades de jubilación en Chile. Destacamos las diferencias clave, ventajas y riesgos entre las dos opciones principales:
Contar con la guía de un Asesor Previsional es indispensable para analizar tu situación personal, evitar riesgos innecesarios y tomar una decisión financiera completamente segura.
Ofrecemos un servicio integral y personalizado que abarca todas las etapas del proceso de jubilación.
Te explicamos las modalidades de pensión de manera sencilla y clara. Analizamos tu caso particular para alinear la decisión con tus metas familiares y económicas.
Evaluamos cuidadosamente tu historial de cotizaciones en la AFP para identificar oportunidades y maximizar el monto de tu pensión mensual.
Diseñamos una estrategia a largo plazo, considerando tus necesidades actuales, estilo de vida y proyecciones futuras.
A través de un mandato notarial y un contrato de Asesoría Previsional, gestionamos todo el papeleo por ti. Te acompañamos desde la solicitud inicial hasta el retiro efectivo de tus fondos, ahorrándote tiempo y filas.
Te entregamos un informe escrito y firmado por nuestros expertos. En él, presentamos las mejores alternativas del mercado, detallando las cláusulas adicionales de las rentas vitalicias para que tomes la decisión final con total confianza.
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Queremos hacer tu trámite de jubilación lo más sencillo y rentable posible. Nuestro compromiso es asegurar tu bienestar económico y el de tu familia.
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Modalidades de pensión en el sistema de pensiones chileno. El artículo detalla las cuatro modalidades de jubilación en Chile, contrastando principalmente la variabilidad y propiedad de fondos del Retiro Programado frente a la seguridad de un monto fijo de por vida en la Renta Vitalicia. Destaca que la elección depende de la salud y los objetivos del afiliado, subrayando que contar con Asesoría Previsional es clave para tomar una decisión informada y a menudo irrevocable.

Entendemos que jubilarse es uno de los momentos más cruciales de tu vida. Por eso, en Más Pensión nos dedicamos a ayudarte a maximizar tus fondos para que disfrutes de esta nueva etapa con la tranquilidad y seguridad económica que mereces. Como expertos en el complejo sistema de AFP en Chile, te guiaremos paso a paso para que tomes decisiones informadas y obtengas el mejor resultado posible.
La Solicitud de Ofertas es el trámite obligatorio que da inicio formal al proceso de jubilación en Chile. Este documento permite que el sistema SCOMP genere propuestas económicas reales de las AFP y Compañías de Seguros.
Gestionar este trámite con una asesoría experta es fundamental. Esto te garantiza comparar adecuadamente las distintas modalidades de pensión y elegir la opción más rentable según tu perfil, historial y necesidades familiares.
Para que visualices el impacto de una asesoría profesional, aquí te mostramos la diferencia:
Aspecto del Trámite | Sin Asesoría Profesional | Con Más Pensión |
Análisis de Opciones | Básico y por cuenta propia. | Estratégico y enfocado en maximizar tu monto. |
Comprensión del Sistema | Riesgo de confusión por tecnicismos. | Explicación clara, sencilla y transparente. |
Gestión Administrativa | Inversión de tu tiempo y esfuerzo. | Gestión integral mediante mandato notarial. |
Seguridad en la Decisión | Incertidumbre al firmar. | Certeza respaldada por un Informe Final escrito. |
Te ofrecemos un acompañamiento completo que abarca todas las etapas de tu jubilación:
Nuestro principal objetivo es asegurar tu futuro financiero y el de tu familia. Te ayudamos a tomar el control de tu economía para que disfrutes tu retiro sin preocupaciones.
¡No dejes tu futuro a la suerte, contáctanos hoy mismo e inicia tu trámite de jubilación con los mejores! Modalidades de pensión en el sistema de pensiones chileno
Tomar la decisión de jubilarse marca el inicio de una nueva etapa, pero enfrentarse al sistema de pensiones chileno puede resultar abrumador. Elegir correctamente cómo administrar tus ahorros de toda la vida es una decisión irrevocable en muchos casos, por lo que contar con una buena Asesoría Previsional es fundamental.
En Chile, la ley de jubilación establece distintas formas de financiamiento y administración para tu pensión. A continuación, te explicamos en detalle las cuatro modalidades de pensión a las que puedes acceder:
Modalidad de Pensión | Administrador | Monto de la Pensión | Propiedad de los Fondos | ¿Genera Herencia? |
Retiro Programado | AFP | Variable (recalculado anualmente) | Del afiliado | Sí (si no hay beneficiarios legales) |
Renta Vitalicia Inmediata | Compañía de Seguros | Fijo (en UF para toda la vida) | De la aseguradora | No (salvo con cláusula garantizada) |
Mixta (RV + RP) | Aseguradora + AFP | Fijo (parte) + Variable (parte) | Dividida | Solo la parte de la AFP |
RV Diferida | AFP primero, luego Aseguradora | Variable inicial, luego Fija (UF) | Cambia según la etapa | Solo durante la etapa en AFP |
El Retiro Programado es la modalidad donde mantienes tus ahorros en tu cuenta de capitalización individual de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).
La AFP paga tu jubilación descontando los fondos directamente de tu cuenta. El monto que recibes se calcula y actualiza cada año basándose en:
Lo que debes saber:
Esta modalidad es un contrato irrevocable con una Compañía de Seguros de Vida. A cambio de traspasarle todos tus fondos (prima única), la aseguradora se compromete a pagarte una pensión fija en UF para toda la vida.
Lo que debes saber:
💡 El Consejo del Asesor: La Renta Vitalicia es, en cierto modo, una transferencia de riesgo. Si tienes una excelente expectativa de vida, esta opción te asegura tranquilidad a largo plazo sin importar cuánto vivas.
Es una modalidad en dos etapas. Primero, acuerdas con la AFP una "renta temporal" por un periodo específico. Simultáneamente, contratas con una Compañía de Seguros una "Renta Vitalicia" que comenzará a pagarse a partir de una fecha futura acordada.
Esta es una excelente alternativa de diversificación. Permite dividir tus ahorros previsionales en dos partes: con una contratas una Renta Vitalicia Inmediata (asegurando un ingreso fijo base) y con la otra mantienes un Retiro Programado en la AFP.
Uno de los mayores temores al optar por una Renta Vitalicia es perder el dinero si se fallece prematuramente. Aquí es donde entra el valor de una buena asesoría.
Aunque la Renta Vitalicia tradicional no es heredable, puedes contratar Cláusulas Adicionales de Periodo Garantizado (por 10, 15, 20 o 25 años).
No existe una respuesta única. A corto plazo el Retiro Programado puede ser atractivo, pero a largo plazo, asegurar tu tranquilidad con una Renta Vitalicia en UF suele ser la mejor decisión para proteger tu vejez.
La única forma de tomar la decisión correcta es evaluando tu salud, tu composición familiar y tus proyectos de vida. Esa es la labor que realiza tu Asesor Previsional a través de la entrega y análisis de un Informe final de pensión exclusivo para ti.
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¿Qué Tipos de pensión hay para mí? Vejez invalidez sobrevivencia que pueden ser gestionados de la mejor forma posible por el Asesor Previsional que contrate.
1. Pensión de Vejez: Es el derecho que tienen los afiliados al sistema previsional del D.L. N° 3.500, a obtener una jubilación con sus fondos ahorrados AFP, una vez que hayan cumplido con los requisitos legales para tal efecto.
a) A edad de legal: Los hombres pueden pensionarse al cumplir 65 años y las mujeres al cumplir 60 años.
1b) Jubilación anticipada: Las personas afiliadas a una AFP pueden pensionarse anticipadamente, antes de cumplir la edad legal, siempre que tengan fondos suficientes en su cuenta individual para obtener una pensión:
- igual o superior al 70% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas en los últimos 10 años, e,
- igual o más alto que doce Unidades de Fomento UF. 12.- Para este requisito hay que tener ahorrado el capital AFP suficiente incluyendo cotizaciones APV AFC y depósitos convenidos.
El primer requisito se puede cumplir con diez años sin cotizaciones.
2. Pensión de Invalidez: Es una jubilación expresada en una cantidad de dinero que reciben mensualmente aquellos afiliados al sistema, que sufran un menoscabo permanente de su capacidad de trabajo, a consecuencia de una enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, declarados inválidos por un Dictamen o Resolución de las Comisiones Médicas.
Invalidez total: La pensión mensual equivale al 70% del promedio imponible de los diez últimos años, que es similar a la pensión de referencia.
Invalidez parcial: Esta jubilación transitoria por tres años, corresponde a una renta mensual equivalente al 50% del promedio imponible de los diez últimos años.
La pensión de invalidez por enfermedad o accidente es uno de los beneficios del sistema previsional chileno, incrementada gracias al Seguro de invalidez y sobrevivencia que se paga en cada cotización AFP que tiene cobertura hasta los 65 años.
3. Pensión de Sobrevivencia: Es el derecho que tienen los familiares parientes directos, cónyuge, hijos y la madre de hijos/as de filiación no matrimonial, a recibir una pensión mensual, cuando una persona afiliada al sistema de AFP fallece, estando activa o pensionada, acorde a ciertas disposiciones y requisitos.
Los porcentajes correspondientes de la pensión de sobrevivencia para los beneficiarios legales se obtienen desde la pensión de referencia. El seguro de invalidez y sobrevivencia SIS que se paga en cada cotización AFP, también puede contribuir con un aporte de capital para obtener la pensión de referencia, si la persona que falleció estaba cotizando.
La pensión de referencia equivale a una renta equivalente al 70% del promedio imponible de los diez últimos años, que es de donde se obtienen los porcentajes de pensión de sobrevivencia.
Es importante mantener las cotizaciones AFP de un afiliado enfermo que va a fallecer, para conseguir una mejor pensión de sobrevivencia por viudez.
Depende de las circunstancias del caso y sugerencias al final del trámite de su jubilación, que le sugerirá su Asesor Previsional justo antes de aceptación y selección, en su exclusivo informe final de pensión, que no se lo entregara una compañía de seguros ni su AFP.
1. Pensión de Vejez
Es un beneficio previsional establecido en el D.L. N° 3.500, que consiste en el derecho que tienen los afiliados al sistema previsional a obtener una pensión con sus fondos ahorrados, una vez que hayan cumplido con los requisitos legales para tal efecto.
a) A edad de jubilación:
Los hombres pueden pensionarse al cumplir 65 años y las mujeres al cumplir 60 años.
b) Jubilación anticipada:
Las personas afiliadas a una AFP pueden pensionarse anticipadamente, antes de cumplir la edad legal, siempre que tengan fondos suficientes en su cuenta individual para obtener una pensión:
- igual o superior al 70% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas en los últimos 10 años, e, - igual o superior a 12 unidades de fomento.
2. Pensión de Invalidez
Es un beneficio que reciben los trabajadores afiliados al sistema previsional que hayan sido declarados inválidos por la Comisión Médica de la Superintendencia de Pensiones.
a) Parcial: pérdida de capacidad de trabajo igual o superior a 50% e inferior a 2/3.
b) Total: pérdida de capacidad de trabajo de al menos 2/3.
3. Pensión de Sobrevivencia
La Pensión de Sobrevivencia por viudez es un beneficio que reciben los beneficiaros establecidos en el D.L. 3.500 de un afiliado que ha fallecido, siempre que cumplan con los requisitos correspondientes.
¿Qué tipos de pensión hay para mí? Vejez invalidez sobrevivencia que pueden ser gestionados de la mejor forma posible por el Asesor Previsional que contrate.
Más información la tendrá si se conecta con nosotros al llenar el formulario de este enlace, pincha el ícono whatsupp y nos manda un mensaje, o envía un Email o llada directo a uno de los asesores previsionales registrados de esta Red.
Muchas gracias.
Pensión de invalidez por enfermedad o accidente en Chile. La pensión de invalidez en Chile es un beneficio económico del sistema previsional chileno para trabajadores afiliados a una AFP que, debido a una enfermedad o accidente no laboral, no pueden trabajar, compensando con una pensión mensual la vulnerabilidad en personas por los impedimentos de una enfermedad o accidente no laboral.

La Pensión de Invalidez en Chile es un beneficio fundamental del sistema previsional destinado a proteger a los trabajadores afiliados a una AFP. Su objetivo es brindar seguridad económica mediante una renta mensual a aquellas personas que, debido a una enfermedad o accidente de origen no laboral, han sufrido una pérdida significativa de su capacidad de trabajo.
Si tu salud te impide continuar trabajando, es vital conocer tus derechos, los requisitos y el proceso para obtener la mejor pensión posible.
Es un beneficio económico para los afiliados al sistema de AFP (D.L. 3.500) que sufren un menoscabo permanente en su capacidad física o intelectual.
Para acceder a ella, la pérdida de capacidad de trabajo debe ser de al menos un 50%. Este beneficio cubre la vulnerabilidad financiera del trabajador y su familia ante impedimentos generados por enfermedades comunes o accidentes fuera del trabajo.
Importante: Esta pensión no es compatible con la Ley de Accidentes del Trabajo o Enfermedades Profesionales (Ley 16.744). Si tu enfermedad fue causada por tu trabajo, corresponde otro tipo de cobertura.
Para iniciar el trámite, debes cumplir con las siguientes condiciones básicas:
El camino para obtener la pensión consta de varias etapas críticas:
El trámite se inicia en tu AFP. Debes presentar tu Cédula de Identidad y la Solicitud de Pensión de Invalidez.
La AFP deriva tu caso a la Comisión Médica Regional (CMR).
La Comisión emitirá una resolución determinando el grado de menoscabo laboral.
La Comisión Médica puede otorgar dos tipos de invalidez según el porcentaje de pérdida de capacidad:
Tipo de Invalidez | Pérdida de Capacidad | Descripción |
Invalidez Parcial | Entre 50% y 66,6% | Genera una pensión transitoria por 3 años. Luego requiere reevaluación. |
Invalidez Total | Más del 66,66% (2/3) | Genera una pensión definitiva inmediata. |
Si recibes un primer dictamen (generalmente parcial o transitorio), la pensión se paga por 3 años. Al finalizar este periodo, es obligatoria una reevaluación para determinar si la pensión se vuelve definitiva, cambia de grado (de parcial a total) o si se rechaza (en caso de mejoría).
No existe un listado taxativo, ya que lo que se evalúa es el menoscabo funcional, no solo el diagnóstico. Sin embargo, las condiciones más comunes incluyen:
Si no estás de acuerdo con el porcentaje otorgado o si la solicitud es rechazada, tienes derechos legales para reclamar:
Advertencia: Las compañías de seguros (que pagan el SIS) también pueden apelar para intentar revertir tu pensión. Por eso es crucial contar con asesoría experta en esta etapa.
El proceso de invalidez es complejo y un error puede costarte el rechazo o una pensión menor a la que mereces. En Más Pensión, somos Asesores Previsionales registrados y trabajamos para ti, no para las AFP ni las aseguradoras.
Si has perdido al menos el 50% de tu capacidad laboral debido a una enfermedad o accidente no laboral, tienes derecho a solicitar la Pensión de Invalidez. Este beneficio entrega una renta mensual vital para ti y tu familia, pero obtener el monto máximo requiere estrategia.
Para asegurar el mejor resultado, es crucial tener tus cotizaciones al día (para activar el Seguro de invalidez y sobrevivencia - SIS) y contar con una defensa sólida ante la Comisión Médica. Nosotros nos encargamos de gestionar el dictamen, las reevaluaciones y las apelaciones necesarias.
Nuestro Compromiso: No firmes nada sin estar informado. Permítenos ayudarte a conseguir la jubilación digna que mereces.
Pensión de Sobrevivencia para hombres y mujeres con requisitos Chile. Esta protege económicamente a la familia del afiliado fallecido, otorgando ingresos mensuales a cónyuges e hijos según requisitos y porcentajes de referencia definidos por la ley chilena. Detallamos cómo se financia este beneficio (ahorros + seguro SIS) y destaca la importancia de contar con Asesoría Previsional experta para realizar el trámite y maximizar el monto de la pensión.

La pérdida de un ser querido es un momento doloroso que, lamentablemente, viene acompañado de urgencias e incertidumbres económicas. En este escenario, la Pensión de Sobrevivencia actúa como un pilar fundamental del sistema previsional chileno, diseñado para proteger financieramente a la familia (cónyuge, conviviente civil e hijos) tras el fallecimiento de un afiliado a la AFP.
En esta guía te explicamos de manera clara y directa cuáles son los requisitos, cómo se calculan los montos y por qué contar con una Asesoría Previsional experta es clave para maximizar este beneficio y evitar trámites burocráticos estresantes.
La Pensión de Sobrevivencia es una prestación económica mensual dirigida a los herederos legales de un trabajador (activo o pensionado) fallecido. Su objetivo es compensar la pérdida de los ingresos que esa persona aportaba al hogar.
Para pagar esta pensión, el sistema utiliza dos fuentes de financiamiento principales:
Dato Clave de Asesoría: Si aplica la cobertura del seguro SIS, el capital de la cuenta puede aumentar en varios millones de pesos. Un cálculo erróneo o la omisión de este seguro por desconocimiento puede perjudicar para siempre el monto de tu pensión.
La ley chilena es estricta respecto a quiénes califican como beneficiarios. A continuación, detallamos los requisitos por cada grupo familiar:
Aplica en igualdad de condiciones para viudas y viudos.
Tienen derecho los hijos (legítimos, naturales, adoptivos o de filiación no matrimonial) que cumplan alguna de estas condiciones:
Deben ser solteros o viudos y acreditar que vivían a expensas del fallecido al momento de su muerte.
Solo tienen derecho si no existen los beneficiarios anteriores (cónyuge, hijos, etc.) y si eran cargas familiares reconocidas (causantes de Asignación Familiar) a la fecha del deceso.
El monto a recibir no es arbitrario; se calcula como un porcentaje de la Pensión de Referencia del fallecido (que generalmente equivale al 70% del promedio de sus remuneraciones imponibles de los últimos 10 años).
Beneficiario Legal | Porcentaje de la Pensión Base |
Cónyuge / Conviviente Civil (sin hijos con derecho) | 60% |
Cónyuge / Conviviente Civil (con hijos con derecho) | 50% |
Hijos (por cada uno) | 15% |
Madre/Padre de hijos no matrimoniales | 36% (Baja al 30% si hay hijos con derecho) |
Padres del causante (si no hay otros herederos) | 50% |
Nota: Si la suma de todos los porcentajes excede el 100% de la pensión de referencia, los montos se ajustan de manera proporcional para todos los beneficiarios.
La pensión se devenga (comienza a acumularse) desde el mismo día del fallecimiento. En el caso excepcional de muerte presunta, rige desde la fecha que dicte la sentencia judicial.
Si la causa de muerte es un accidente laboral o una enfermedad profesional, el caso sale de la jurisdicción de la AFP. Se rige por la Ley 16.744 y la pensión la debe pagar la Mutual de Seguridad correspondiente o el Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
Bajo la antigua Ley de Matrimonio Civil (de 1884), el cónyuge con matrimonio anulado puede recibir pensión solo si permanece soltero/a o viudo/a, y logra acreditar ante la ley que vivía a expensas del afiliado fallecido.
Navegar por la burocracia de las AFP y las Compañías de Seguros en medio del duelo es abrumador. Además, existe el riesgo de caer en manos de tramitadores informales ("captadores") que buscan comisiones rápidas sin velar por tu futuro.
En Más Pensión, somos especialistas con trayectoria comprobada. Al delegarnos tu trámite, garantizas:
Entendemos que enfrentar la pérdida de un ser querido es un momento complejo. Por eso, en Más Pensión nos dedicamos a brindarte tranquilidad gestionando tu Pensión de Sobrevivencia de forma integral, para que no tengas que preocuparte por los complejos trámites ante la AFP.
Nuestra guía experta te ayudará a entender los requisitos, identificar a los beneficiarios legales y maximizar tus fondos a través de la correcta activación del Seguro SIS, resguardando la seguridad económica de tu familia.
Te ofrecemos un servicio personalizado, imparcial y transparente que abarca cada paso del proceso:
No dejes el futuro de los tuyos a la chuña. Somos el sitio web con mayor trayectoria y experiencia en jubilaciones en Chile, con asesores regulados por la Superintendencia de Pensiones.
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