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¿Pensión de Referencia que es? un cálculo usado para la pensión base de donde se sacan los porcentajes en las pensiones de invalidez y sobrevivencia para pagar una renta a los beneficiarios legales.

 

¿Pensión de Referencia que es? un cálculo usado para la pensión base

 

Pensiones de referencia:

¿Cuáles son las pensiones de referencia?

Para el solo efecto del cálculo del capital necesario y del pago de pensiones de invalidez parcial otorgadas conforme al primer dictamen, la pensión de referencia del afiliado será equivalente a:

70% del ingreso base, en el caso de los trabajadores que fallezcan o tengan derecho a percibir pensión de invalidez total.

50% del ingreso base, en el caso de los trabajadores que tengan derecho a percibir pensión de invalidez parcial.
La pensión de referencia de los beneficiarios de pensión de sobrevivencia acreditados, será equivalente a los siguientes porcentajes de la pensión de referencia pensión de sobrevivencia del causante.

 

¿Qué es la Pensión Base?

De acuerdo a la bormativa previsional la Pensión Base es una estimación que se realiza para determinar el monto del APS y resulta de sumar la pensión autofinanciada de referencia de la o el afiliado solicitante, fruto de sus aportes de cotización enterados en su cuenta de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP), más una eventual pensión de sobrevivencia que se encuentre percibiendo..

 

Beneficiarios de pensión de sobrevivencia:

60% para el o la cónyuge;

50% para el o la cónyuge, con hijos comunes que tengan derecho a pensión. Este porcentaje se elevará al sesenta por ciento cuando dichos hijos dejen de tener derecho a pensión;

36% para la madre o el padre de hijos de filiación no matrimonial, reconocidos por el o la causante;

30% para la madre o el padre de hijos de filiación no matrimonial reconocidos por el o la causante con hijos comunes que tengan derecho a pensión. Este porcentaje se elevará al 36% cuando estos hijos dejen de tener derecho a pensión;
15% para cada hijo hasta los 18 años o mayores de 18 y menores de 24 solteros y estudiantes. La calidad de estudiante deberá tenerla a la fecha del fallecimiento del causante o adquirirla antes de los 24 años de edad. Este porcentaje se reducirá al 11% para los hijos declarados inválidos parciales al cumplir 24 años de edad.

50% para los padres siempre que a la época del fallecimiento del afiliado sean causantes de asignación familiar reconocidos por el organismo competente y siempre que no existan las personas señaladas anteriormente.

¿Pensión de Referencia que es? un cálculo usado para la pensión base de donde se sacan los porcentajes en las pensiones de invalidez y sobrevivencia para pagar una renta a los beneficiarios legales.

 

¿Dónde se usa la pensión de referencia?

La pensión de referencia se usa como indicador para los montos de jubilación en la pensión de sobrevivencia y se usa para el cálculo del SIS. Tiene el mismo monto de la pensión que la de invalidez, por lo que conviene pensionarse por invalidez antes de un fallecimiento en caso de una enfermedad terminal, debido a que la jubilación por invalidez obviamente es mejor que la pensión de sobrevivencia.

 

¿Cómo se usa la pensión de referencia?

Cuando un afiliado no logra obtener el capital necesario para conseguir la pensión de referencia, que por ejemplo en el caso de invalidez total es obtener una pensión equivalente al 70% del promedio imponible de los últimos 10 años, el seguro de invalidez y sobrevivencia SIS que se paga en cada cotización mensual AFP, contribuirá con un aporte adicional en dinero para obtener el capital necesario y conseguir la pensión de referencia o la pension de referencia garantizada de acuerdo a la normativa previsional. Personalmente se han gestionado casos de un aporte adicional o contribución del seguro AFP de hasta $ 460.000.000.-

 

¿Qué es la Pensión Autofinanciada de Referencia? (PAFE)

Pensión Autofinanciada de Referencia es una pensión estimada que se utiliza para determinar la pensión base que tendría una persona. La PAFE se calcula como una renta vitalicia inmediata sin condiciones especiales de cobertura. Para su cálculo se considera la edad, el grupo familiar y el total del saldo acumulado en la cuenta de capitalización individual obligatoria que la persona tenga a la fecha de pensionarse por vejez o invalidez, de acuerdo al Decreto Ley Nº 3.500, de 1980. Esto incluye, cuando corresponda, la o las bonificaciones por hijo devengadas a dicha fecha.

En el saldo acumulado en la cuenta de capitalización individual obligatoria no se incluirán las cotizaciones voluntarias, los depósitos de ahorro previsional voluntario, el ahorro previsional voluntario colectivo (APVC) ni los depósitos convenidos que haya realizado o tenga la persona. Para el cálculo de la PAFE se utiliza la tasa de interés promedio implícita en las rentas vitalicias de vejez observadas en los últimos seis meses inmediatamente anteriores al mes en que la persona se haya pensionado por vejez. (Fuente: Superintendencia de Pensiones)

 

Cálculo de la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE)

 

La PAFE es una estimación de la pensión que se utiliza para determinar la pensión base y se calcula como una renta vitalicia inmediata.

 

PAFE de Vejez

Se calcula considerando:
• La edad del solicitante y de su grupo familiar al momento de cumplir la edad legal de jubilación (60 años para mujeres y 65 años para hombres).
• El saldo acumulado en la cuenta de capitalización individual obligatoria que el solicitante de la Pensión Garantizada Universal (PGU) tenga o haya tenido al cumplir la edad legal, independientemente de haber solicitado la pensión.
El resultado se expresa en Unidades de Fomento (UF) al valor de la fecha en que el beneficiario cumple la edad legal de jubilación. Se utiliza la tasa de interés promedio de las rentas vitalicias de vejez otorgadas en los últimos seis meses anteriores a esa fecha.
Si el afiliado no tiene derecho a pensión, la PAFE será cero.

 

PAFE de Vejez Anticipada

Se calcula al llegar a la edad legal de jubilación, valorizando el saldo total en cuotas del Fondo D que el afiliado tenía al momento de pensionarse, más las cotizaciones posteriores. La tasa de interés utilizada es el promedio de las rentas vitalicias de vejez de los últimos 6 meses previos a la jubilación anticipada. El monto de la PAFE se expresa en UF al valor de la fecha en que el beneficiario cumple la edad legal de jubilación.

 

PAFE de Invalidez Definitiva

Se calcula considerando la edad, el grupo familiar y el saldo total acumulado en la cuenta de cotizaciones obligatorias (incluyendo aporte adicional y bono de reconocimiento, si corresponde) a la fecha de declaración de invalidez (o a la fecha en que quedó ejecutoriado el segundo dictamen, si corresponde).
La tasa de interés utilizada es el promedio de las rentas vitalicias de invalidez de los últimos 6 meses previos a la declaración de invalidez (o al segundo dictamen, si corresponde).
En pensiones de invalidez parcial definitiva, no se considera el saldo retenido para calcular la PAFE. Al liberarse este saldo, se calculará la PAFE correspondiente y se informará al IPS al mes siguiente.

¿En qué consiste la pensión de referencia garantizada?

Los afiliados o beneficiarios de pensión que opten por contratar una renta vitalicia con la misma Compañía de Seguros obligada al pago del aporte adicional, por concepto del seguro de invalidez y sobrevivencia, tienen derecho a suscribir el contrato con esa Compañía, aun cuando ésta no haya efectuado ofertas en SCOMP, y a que se les pague una renta vitalicia inmediata sin condiciones especiales de cobertura no inferior al 100% de las pensiones de referencia de invalidez o sobrevivencia a que se refieren los artículos 56 y 58 del D.L. N.º 3.500 de 1980.

La garantía de pensión antes señalada es aplicable al saldo obligatorio de la cuenta de capitalización individual.

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La pensión de referencia garantizada es informada a los consultantes en los Certificados de Ofertas, en el caso de pensiones de invalidez y sobrevivencia.

 

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