Asesorías Previsionales

Su Asesor Previsional está disponible ahora

Si me jubilo puedo seguir trabajando trabajo después de la jubilación, si me pensiono puedo seguir trabajando en la misma empresa de acuerdo a lo que indique el contrato, salvo estando afecto al estatuto administrativo si es empleado público.

 

Si me jubilo puedo seguir trabajando trabajo después de la jubilación

 

¿QUE HAGO SI ME PENSIONO? ¿PUEDO SEGUIR TRABAJANDO EN LA MISMA EMPRESA?

 

Si me jubilo ¿puedo trabajar? Soy pensionado pero sigo trabajando.

Con el aumento de la expectativa de vida hoy las personas están plenamente capacitadas y probablemente se encuentran en la mejor época de sus vidas para seguir trabajando plenamente a la edad legal para jubilarse.

Si se jubila trabajando en una empresa privada no hay impedimento para que pueda seguir trabajando y si es empleado público tiene que revisar su contrato de trabajo.

En Chile, si te jubilas pero deseas seguir trabajando, generalmente puedes hacerlo en el sector privado. Sin embargo, hay algunas excepciones que se aplican a los trabajadores de la Administración Pública. 

¿Puede seguir trabajando un afiliado declarado inválido?

 

Las normas legales y reglamentarias que regulan el sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones no contemplan ninguna incompatibilidad legal entre una pensión de invalidez, total o parcial, y un trabajo remunerado, de manera que no existe inconveniente para que una o un afiliado declarado inválido pueda trabajar con su capacidad residual.

Sin embargo, por disposición del Estatuto Administrativo, las y los funcionarios públicos que cesaron en su cargo por declaración de invalidez, no reúnen el requisito de salud compatible para reintegrarse a un empleo en la administración pública. (Fuente: Superintendencia de Pensiones.)

Si ya me jubilé ¿puedo seguir trabajando?

 

1) Todo pensionado puede continuar trabajando con el mismo empleador a excepción de:

* Los trabajadores de la Administración Pública afectos al Estatuto Administrativo.

* Los trabajadores municipales afectos a la Ley No.18.883

* Los profesionales de la Educación del Sector Municipal afectos a la Ley No.19.070

* Los Trabajadores afectos al Estatuto de Atención Primaria de la Salud Municipal.

* Los funcionarios del Poder Judicial afectos al artículo 332 No.6 del Código Orgánico de Tribunales.

 

Todos los anteriormente citados deben cesar en su cargo al obtener su pensión.

2) Que, posteriormente de haber obtenido pensión, puede iniciar labores como trabajador independiente.

3) Que en caso de seguir trabajando, el descuento del 7% de salud es obligatorio.

4) Un jubilado puede seguir trabajando en la misma empresa, si lo desea, salvo que sea empleado público y/o su contrato se lo prohiba.

5) Que tiene los mismos requisitos para acceder al Aporte Previsional Solidario, a la Garantía Estatal por pensión mínima, de la opción entre ambos beneficios y el ajuste de su pensión en retiro programado.

6) Si se trata de un dependiente antiguo y no tiene derecho a Bono de Reconocimiento (BR) o teniéndolo es bajo la alternativa No.3 y reúne además 60 meses de cotizaciones, anteriores a Julio de 1979, que antes de continuar con su trámite de pensión en la AFP, le conviene consultar si cumple con los requisitos para desafiliarse del Sistema y si tiene derecho a pensionarse en el antiguo sistema previsional.

7) Que debe someterse al procedimiento del Sistema de Consultas de Montos y Ofertas de Pensión SCOMP antes de seleccionar modalidad de pensión.

8) Que sus datos, incluyendo los personales, formarán parte de un listado público a menos que señale expresamente que no desea formar parte de este.

En el caso si me jubilo puedo seguir trabajando trabajo después de la jubilación, si me pensiono puedo seguir trabajando en la misma empresa de acuerdo a lo que indique el contrato, salvo estando afecto al estatuto administrativo si es empleado público.

 

Excepción especial de pensión:

Que hago si me pensiono ¿puedo seguir trabajando en la misma empresa?

Contraloría General de la República
Jurisprudencia

Dictamen No.: 018946N06
Funcionario no docente dependiente de municipalidad, no está obligado a renunciar a su cargo por haber obtenido su pensión de invalidez, porque por una parte, el código del trabajo no contiene ningún precepto que disponga la obligación del trabajador de cesar en su cargo por el hecho de haber obtenido dicha pensión y por otra, el dl 3500/80 no establece incompatibilidad alguna entre un trabajo remunerado y las pensiones que otorga dicho texto legal.

Además, según el art/161 bis del código del trabajo, la invalidez total o parcial no constituye una causal de terminación del contrato de trabajo de un funcionario no docente y si así ocurriese tendrá derecho a percibir la indemnización establecida en los incisos 1 o 2 del art/163, con el incremento de la lt/b del art/168, lo anterior, sin desmedro de su derecho a recurrir al respectivo tribunal del trabajo, solo procederá que la municipalidad reintegre la suma descontada de la remuneración del mes de octubre, en la medida que la ausencia que la genero se encuentre justificada por el ejercicio de derechos estatuarios tales como el goce de permisos, licencias o feriados.

Es importante tener en cuenta que, si continúas trabajando después de jubilarte, sigues siendo elegible para recibir beneficios como la Pensión Garantizada Universal PGU y/o la Garantía Estatal por pensión mínima. Además, tendrás los mismos requisitos para acceder a estos beneficios y también podrás ajustar tu pensión en el retiro programado.

 

¿Se puede despedir a un jubilado?

 ¿Que hago si me pensiono puedo seguir trabajando en la misma empresa?

No es posible despedir a un trabajador por el solo hecho de haberse pensionado, salvo que su contrato de trabajo lo indique, o este en el estilo de la empresa, tengan derecho o no a una Indemnización por término de contrato.

 

Estoy pensionado y trabajando ¿tengo que pagar cotizaciones?

Una persona que ya se encuentra pensionada en el sistema de AFP y que continúa trabajando, puede seguir cotizando.

Sin embargo, tiene la opción de eximirse de cotizar para pensión y, para eso, debe manifestarlo por escrito tanto a su empleador como a la administradora en la que está afiliada. Al optar por esta forma, sólo debe cotizar el porcentaje correspondiente a Fonasa o Isapre.

 

Trabajo después de la jubilación

 

¿Que hago si me pensiono puedo seguir trabajando en la misma empresa? Si es posible, salvo cuando es empleado público afecto al estatuto administrativo no puede seguir contratado, salvo que lo llamen para un trabajo específico donde pueda emitir una boleta.

¿Puedo trabajar después de la jubilación?

 

¿Si me jubilo puedo seguir trabajando trabajo después de la jubilación?, si me pensiono puedo seguir trabajando en la misma empresa de acuerdo a lo que indique el contrato, salvo estando afecto al estatuto administrativo si es empleado público

 

Pensionados en Chile: ¿Seguir cotizando o no?

 

En Chile los pensionados tienen la opción de seguir trabajando y cotizando al sistema de pensiones, aunque también pueden optar por eximirse de cotizar para la pensión y solo cotizar para el seguro de salud. Aquí están los detalles:

Los pensionados por vejez que continúan trabajando pueden elegir entre:
Seguir cotizando para pensión (10% de su sueldo) y así aumentar el monto de su pensión futura.
Dejar de cotizar para pensión y solo cotizar para salud (7% de su sueldo).

Si el pensionado opta por la segunda opción y deja de cotizar para pensión, ya no seguirá aumentando el monto de su pensión futura con nuevos aportes. La decisión de cotizar o no para pensión puede cambiarse cada 12 meses.

Los pensionados por invalidez parcial deben obligatoriamente seguir cotizando para pensión mientras trabajen.

Los pensionados por invalidez total (DL 3500) o gran invalidez (Ley 16744 accidentes del trabajo y enfermedades profesionales) están eximidos de cotizar para pensión, pero deben cotizar para salud si trabajan.

Entonces, los pensionados en Chile tienen flexibilidad para decidir si quieren o no seguir aumentando su pensión futura con nuevos aportes mientras siguen trabajando, aunque la cotización para salud es obligatoria.

Resumen de lo que necesitas saber sobre tu trabajo después de pensionarte

 

En Chile, pensionarse por vejez no implica necesariamente dejar de trabajar. La mayoría de las personas pueden seguir desempeñando sus labores después de jubilarse, a menos que sean trabajadores sujetos a leyes especiales que exijan el cese de funciones al momento de pensionarse.

Trabajar después de pensionarse en el sector privado:

Si trabajas en el sector privado y te pensionas por vejez, puedes continuar en tu empleo actual o buscar uno nuevo. No existe ninguna obligación legal de dejar de trabajar al jubilarse.

Trabajar después de pensionarse en el sector público:

La situación es diferente para los trabajadores del sector público. En algunos casos, los estatutos específicos de ciertas instituciones pueden requerir el cese de funciones al momento de pensionarse. Es importante revisar la normativa aplicable a tu situación particular.

¿Debo seguir cotizando en mi AFP después de jubilarme?

Si decides seguir trabajando después de pensionarte, puedes elegir si continuar cotizando para tu AFP o no. Cotizar puede ser beneficioso si deseas aumentar el monto de tu pensión, pero también puedes optar por no hacerlo si así lo prefieres.

¿Puedo seguir trabajando después de jubilar?

* Pensionarse por vejez no obliga a dejar de trabajar, excepto en casos específicos de leyes especiales.

* Los trabajadores del sector privado tienen mayor libertad para decidir si continúan trabajando o no.

* Los trabajadores del sector público deben verificar la normativa aplicable a su institución.

* Puedes elegir si seguir cotizando en tu AFP después de pensionarte.

* Si tienes dudas sobre tu situación particular, te recomendamos consultar con tu AFP o un asesor previsional para recibir orientación personalizada.

¡No esperes más, contacta a Más Pensión hoy mismo!

 

En Más Pensión, te ayudamos a:

* Obtener la mejor pensión posible, considerando tu situación laboral y tus objetivos.

* Entender tus opciones y tomar decisiones informadas sobre tu futuro.

* Realizar todos los trámites necesarios para pensionarte sin complicaciones.

* Comenzar a recibir tu jubilación en el menor tiempo posible.

* Ofrecemos un servicio personalizado, cercano y de confianza.

 

¿Quiero una jubilación tranquila y feliz? Contacta a Más Pensión

 

Nuestra sugerencia es que nos contactes para obtener más información sobre cómo pensionarse con tu especialista previsional y empezar a recibir su jubilación lo antes posible.

¡No esperes más para asegurar tu futuro económico y cumplir tus sueños de jubilación! Solicita hoy mismo nuestra  expertiz y comienza a construir el camino hacia una jubilación plena y satisfactoria. Imagina tener más tiempo para ti y tus seres queridos, disfrutando de cada momento gracias a tu pensión mensual.

 

¡Da el primer paso hacia tu jubilación ideal!

 

Los asesores previsionales registrados de Más Pensión están listos para acompañarte en este importante proceso. Contáctanos hoy mismo y descubre cómo podemos ayudarte a planificar un futuro tranquilo y próspero.

 

¡Elige la forma de contacto que prefieras para jubilar!

 

Formulario en línea: Completa nuestro formulario y te contactaremos a la brevedad.

WhatsApp: Envíanos un mensaje en el símbolo al costado a través de WhatsApp.

Correo electrónico: Escríbe al experto que elijas más abajo y responderemos a todas tus preguntas.

Llamada telefónica: Lláma a uno de los especialistas de los enlaces inferiores y recibe asesoría personalizada.


¡No esperes más! En Más Pensión, estamos ansiosos por ayudarte a alcanzar tus metas de jubilación. ¡Contáctanos ahora mismo!

 

¡Estamos al aguaite! 

 

Muchas gracias.

Inicio de mi tramite pensión de jubilacion con asesor previsional

Inicio de mi tramite pensión de jubilacion con asesor previsional y la mejor renta a su alcance, le conseguiremos el mejor retiro de acuerdo con el ahorro que logró, con una renta mensual que podría ser mejor de acuerdo con sus circunstancias e intereses, tomando en cuenta todos los aspectos. 

 "Obtenga la Mejor Pensión con Asesoría Experta"

Enfrentar la jubilación puede ser un proceso complejo, lleno de incertidumbres y donde hay preguntas frecuentes que hacen los afiliados antes de jubilarse. Más Pensión especializada en brindar asesoría previsional, nos dedicamos a guiarle hacia el mejor retiro posible, maximizando los beneficios de su fondo de pensiones. Con una experiencia consolidada en el sistema previsional chileno, le ofrecemos un servicio integral para asegurar que su transición hacia la jubilación sea fluida y beneficiosa.

Servicios de Asesoría Especialista para su Jubilación

 

Asesoría Especializada: Nuestro equipo de expertos, compuesto por Correa Mujica & Reitze asesores previsionales está altamente cualificado y registrado en la Superintendencia de Pensiones. Le ayudaremos a comprender todas sus opciones y a seleccionar la modalidad de pensión que mejor se adapte a sus necesidades y expectativas.

Gestión Integral de Trámites: Nos encargamos de todo el proceso de pensión para su jubilación de tal manera que usted no tenga que preocuparse por los detalles burocráticos. Nuestro objetivo es facilitarle un camino claro y sin estrés hacia su retiro.

Maximización de Beneficios: A través de estrategias probadas y un conocimiento profundo del sistema, trabajamos para que obtenga la máxima pensión posible, basada en sus ahorros y circunstancias particulares. 

Somos Confiables: Estamos acreditados e inscritos en el Registro de Asesores Previsionales.

                                    asesores previsionales más pension

¿Qué esperas? ¡Contáctenos hoy mismo e inicie su trámite de pensión de jubilación!

Haz clic al tiro en el formulario web o llama a los números 224945500  o  +56993402000  y/o  +56993439840 y/o  +56988371995 (llamada por voz o WhatsApp). ¡Muchas gracias!

Asesores  Pension

 Somos los especialistas  Luis Fernando Correa,    Alejandro Mujica   &   Eugenio Reitze, expertos en asesoría previsional en Chile, debidamente acreditados en la Superintendencia de Pensiones con los números 247, 1013 y 1153 respectivamente, disponibles a tiempo completo para atender sus requerimientos de datos e información y gestión de su jubilación en inglés o español.

Inicie su Trámite de Jubilación Hoy

No espere más para comenzar a iniciar su jubilación. Contáctenos a través de nuestro formulario web o llámenos directamente a los números 224945500, +56993402000, +56993439840, o +56988371995 respectivamente (también disponible para-WhatsApp). Nuestro equipo está listo para proporcionarle la asesoría que necesita para asegurar una jubilación cómoda y segura dentro de lo que es posible.

¿Por Qué Elegirnos?

Experiencia Comprobada: Más de dos décadas de servicio continuo nos respaldan, ofreciendo resultados tangibles y confiables.

Transparencia Total: Mantenemos una comunicación clara y directa, asegurando que esté bien informado sobre todas sus opciones.

Confiabilidad: Nuestra práctica está fundamentada en principios éticos y cumplimiento normativo, garantizando un servicio honesto y eficaz, al servivio de nuestro cliente.

Más Información y Recursos

Si desea profundizar en temas relacionados con la asesoría previsional, le invitamos a explorar secciones informativas en nuestro sitio web, como "¿Qué es un Asesor Previsional?", "Asesoría Previsional: Costos y Beneficios". Estos recursos están diseñados para proporcionarle una comprensión completa de cómo podemos ayudarle a alcanzar la mejor jubilación posible.

¡No espere más! ¡Contáctenos hoy y dé el primer paso hacia una jubilación segura y beneficiosa para usted y su grupo familiar!

Mapa de mas pensión.cl ¿Le gusto este sitio?, ¡Recomiende esta web!. Se ve mejor y escucha en computadora.

 

 {call2action}

 

Para iniciar el trámite para su jubilación con asesoría previsional, contacta hoy e iniciemos el proceso, coticemos ofertas para la aceptación y selección de pensión para recibir una renta mensual desde pronto hacia adelante, confíe y comuníquese más temprano que tarde con Luis Fernando Correa como tambiénAlejandro Mujica, y Eugenio Reitze, registrados con los números 247; 1013 y 1153 respectivamente.

Maspension.CL

asesor previsional mejor jubilacion

Dónde estamos

Vaticano 4233, Las Condes, Santiago / Chile

Teléfonos celulares: +56993402000; +56993439840 y +56988371995

consultas@maspension.cl