Pensión por invalidez o viudez incapacidad indemnización por accidente del trabajador o enfermedad profesional o laboral
Pensión invalidez por enfermedad o accidente laboral
¿Cuál es la diferencia entre accidente de trabajo y enfermedad profesional?
Los accidentes que ocurren en el trayecto directo de ida o regreso entre la habitación y el lugar de trabajo. La enfermedad profesional (Vinculo a POP UP) causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o del trabajo que realiza una persona y que le produzca incapacidad o muerte.
¿Qué es un accidente de trabajo y enfermedad profesional?
Accidente de trabajo es toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o a consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena.
¿Cuándo se considera que es una enfermedad profesional?
Una Enfermedad Profesional es aquella contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena o por cuenta propia en las actividades que se especifiquen en el cuadro de Enfermedades Profesionales.
Período de latencia en enfermedad profesional es el periodo de incubación que transcurre entre la exposición a un estímulo y la respuesta que se produce entre la infección y la aparición de los síntomas.
Existe incompatibilidad entre las Pensiones de Invalidez de la Ley 16.744, relativa a los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y las Pensiones de Invalidez D.L. 3500.-
Una pension de invalidez por accidente laboral, o la pension por enfermedad profesional, son amparadas para jubilarse por la ley 16744 hasta la edad legal para pensionarse. .
Cuando una persona va a iniciar su trámite de Pensión por Invalidez a su AFP, la persona que lo atiende en esa institución le va a preguntar en forma clara si su Invalidez se originó en su trabajo o en su trayecto, si su condición fue causada por un accidente del trabajo o enfermedad profesional, le dicen que tiene que concurrir primero a la mutual de seguridad correspondiente y cobrar los seguros correspondientes por su incapacidad permanente para ser idemnizado, Etc.
Cuando la persona cumpla la edad legal para pensionarse podrá usar los dineros de su AFP y pensionarse por vejez, porque la parte invalidez fue pagada por su mutual de accidentes del trabajo o enfermedades profesionales.
Si usted es un trabajador que sufrió un accidente del trabajo o una enfermedad profesional, ¿Su problema está relacionado con lo indicado aquí.
En caso de fallecimiento, como las pensiones de sobrevivencia son pagadas por la Mutual, Achs o IPS, el saldo que quede en la AFP se puede retirar como herencia en la AFP con el Certificado de Defunción y la Resolución correspondiente de la Mutual la Achs o el IPS:
Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
El Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales es un régimen previsional obligatorio que protege a todos los trabajadores dependientes y a los independientes que cotizan, frente a los accidentes a causa o con ocasión del trabajo, de trayecto y a las enfermedades profesionales.
Protección Frente a un accidente o enfermedad profesional Ley 16.744
La ley 16.744 asegura que los/as trabajadores/as dependientes, tanto del sector privado, como del sector público, y los trabajadores independientes que coticen, estarán protegidos por el seguro contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Seguro ley 16744 protege los siguientes eventos
Accidentes del trabajo. Se considera accidente del trabajo a las lesiones que sufre el/la trabajador/a a causa o con ocasión del trabajo y que le cause incapacidad o muerte.
Accidentes del Trayecto. Son que ocurren en el trayecto directo entre la habitación y el lugar de trabajo, o aquellos que ocurren en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo que corresponden a distintos empleadores.
Accidentes sufridos por dirigentes sindicales. Corresponde aquellos accidentes que sufren los dirigentes sindicales a causa o con ocasión del desempeño de sus cometidos gremiales.
Enfermedades profesionales. Son aquellas causadas de manera directa por la tarea que desempeña y que le causan incapacidad o muerte.
Los trabajadores que sufran un accidente laboral o una enfermedad profesional tienen derecho a las siguientes prestaciones:
Corresponde a las actividades preventivas que realizan los Organismos Administradores en las empresas adheridas o afiliadas, las que pueden consistir en capacitaciones, asistencia técnica para identificar los peligros y evaluar sus riesgos, vigilancia de la salud de los trabajadores, entre otras.
Prestaciones médicas. (atención médica, quirúrgica y dental; hospitalización; medicamentos y productos farmacéuticos; prótesis, aparatos ortopédicos y su reparación; rehabilitación física, gastos de traslado y reeducación profesional.
Prestaciones económicas. Dependiendo del tipo de incapacidad, el trabajador tendrá derecho a subsidio, indemnización o pensión, además contempla prestaciones de sobrevivencia para los derechos habientes.
En caso de ocurrencia de un accidente laboral o enfermedad profesional, el trabajador afectado deberá informar a su empleador, quien estará obligado a denunciar el siniestro al Organismos Administrador correspondiente y derivarlo al respectivo centro médico, el ocultamiento de un accidente del trabajo o de una enfermedad profesional por parte del empleador será sancionado por el organismo fiscalizador correspondiente
La pensión invalidez por enfermedad o accidente profesional, esta asociado a las mutuales correspondientes y es allí adonde se deben reclamar los beneficios.
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