Pensión con doble jubilación: Renta vitalicia con aumento ¿Qué es la renta vitalicia con aumento temporal de pensión?, desde el inicio de vigencia de la póliza y durante el período de aumento temporal, la compañía pagará al asegurado contratante la renta vitalicia mensual aumentada señalada en las Condiciones Particulares. Si durante el período de aumento temporal fallece el asegurado contratante de esta cláusula adicional, los porcentajes de pensión establecidos en el artículo 58 del D.L. N°3.500, de 1980, se aplicarán, hasta el término de dicho período, a la renta vitalicia mensual aumentada. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD220210212

 

¿Qué es la renta vitalicia con aumento temporal de pensión?

 

 

Es una modalidad de pensión que te permite recibir un monto mayor durante los primeros años de tu jubilación, y luego este monto se reduce a la pensión vitalicia que hayas elegido. El aumento puede ser de hasta el doble de la pensión original, pero nunca podrá ser menor a UF 3.

 

¿En qué consiste la renta vitalicia con aumento? 

 

1. Etapa de aumento: Durante un período determinado, que puedes elegir hasta 30 años dependiendo de tu capital ahorrado, recibirás una renta vitalicia mayor a la que originalmente contrataste. Este aumento puede ser de hasta el 100%, es decir, podrías duplicar tu pensión inicial.

2. Etapa de renta vitalicia tradicional: Una vez finalizado el período de aumento, tu pensión se reducirá a la renta vitalicia que hayas elegido al momento de contratar la póliza.

 

La mejor opción de pensión. Beneficios de la renta vitalicia con aumento.

Mayor pensión inicial: Te permite tener un mayor ingreso durante los primeros años de tu jubilación, cuando tus gastos pueden ser mayores. (viajes, créditos, Etc.)

Flexibilidad: Puedes elegir el porcentaje de aumento que deseas (entre un 15% y un 100%) y el período de tiempo durante el cual se aplicará (entre 5 y 30 años).

Seguridad: Tienes la tranquilidad de saber que recibirás una pensión vitalicia garantizada de por vida.

 

¿Quiénes pueden acceder a la renta vitalicia con aumento?

 

Todas las personas que estén pensionadas por vejez o invalidez pueden acceder a esta modalidad de pensión. También pueden acceder aquellos que estén próximos a jubilarse y que deseen optar por esta modalidad al momento de pensionarse.

 

¿Cómo puedo contratar la renta vitalicia con aumento?

 

Debes contactar a un asesor previsional registrado en la Superintendencia de Pensiones y solicitar información sobre esta modalidad de pensión. El asesor te ayudará a cotizar la renta vitalicia con aumento en diferentes compañías de seguros de vida y te asesorará sobre las diferentes opciones disponibles para que puedas elegir la que mejor se adapte a tus necesidades, circunstancias e intereses.

 

¿Es la renta vitalicia con aumento la mejor opción para mí?

 

La mejor opción para ti dependerá de tus necesidades y preferencias. Si quieres tener una mayor pensión inicial y te preocupa la inflación, la renta vitalicia con aumento puede ser una buena opción para ti. Sin embargo, es importante que compares las diferentes opciones disponibles y que te asegures de que esta modalidad de pensión se ajuste a tus obligaciones.

 

En tu jubilación recuerda

 

La renta vitalicia con aumento es una modalidad de pensión irrevocable.

Es importante que te asesores y compares las diferentes opciones disponibles antes de tomar una decisión informada de pensión.

Debes asegurarte de que la renta vitalicia con aumento se ajuste a tus circunstancias, necesidades e intereses.

 

Recursos de pensión útiles

 

Superintendencia de Pensiones: Es la entidad reguladora de los asesores previsionales.

Comisión para el Mercado Financiero: Esta encargada de velar por el correcto funcionamiento de las polizas de rentas vitalicias, entre otras obligaciones.

Asociación de Aseguradores de Chile A.G.: Impulsa el crecimiento del seguro, entre ellos el de renta vitalicia.

Asociación de Asesores Previsionales (AGAP): Es la asociación gremial de los asesores previsionales.

El sitio Web Más Pensión: Es uno de los que tiene más y mejor información de pensiones por ser el más antiguo en su tipo

 

¿Jubilación con doble ingreso? ¡Sí, es posible!

 

La pensión de renta vitalicia con doble jubilación por la cláusula de aumento temporal de pensión es una de las cláusulas adicionales a optar y dentro de las rentas vitalicias está siendo el tipo de pensión más preferido por los pensionables hoy en Chile.

Esta alternativa, te permitirá acceder durante un tiempo determinado a un monto de pensión más alto al pactado con tu Compañía de Seguros de Vida, representando una gran ayuda si proyectas que, al seleccionar tu pensión, tus gastos se mantendrán más altos durante los primeros años.

Este tipo de jubilación llamada en otros países como renta vitalicia escalonada, porque escala de menos a más pero aquí en Chile salió de más a menos, por lo que debió llamarse renta vitalicia escalonada inversa, pero por la legislación chilena en seguros, fue hecha como una cláusula adicional.

Esta cláusula de aumento temporal de pensión te permite obtener una renta mensual de un monto más alto durante los primeros años de jubilación, constante y en UF, para luego descender a la pensión vitalicia escogida por el pensionado, donde se puede optar por aumentar la pensión en los primeros años, hasta el doble, pero luego se verá disminuida. En todo caso, la pensión mensual en ningún momento podrá ser menor a UF 3. Esta cláusula puede ser contratada voluntariamente para pensiones de vejez o invalidez, y opera como una cobertura adicional para optar en el dilema, dentro de los tipos de pensión de una renta vitalicia.

 

La pensión de jubilación doble

 

¿Sabías que existe una alternativa de pensión que te permite recibir hasta el doble de tu renta vitalicia durante los primeros años de jubilación? Pensión con doble jubilación: Renta vitalicia con aumento ¿Qué es la renta vitalicia con aumento temporal de pensión?, desde el inicio de vigencia de la póliza y durante el período de aumento temporal, la compañía pagará al asegurado contratante la renta vitalicia mensual aumentada señalada en las Condiciones Particulares. Si durante el período de aumento temporal fallece el asegurado contratante de esta cláusula adicional, los porcentajes de pensión establecidos en el artículo 58 del D.L. N°3.500, de 1980, se aplicarán, hasta el término de dicho período, a la renta vitalicia mensual aumentada. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD220210212

 

¡No te pierdas la oportunidad de pensión!

 

Como la renta vitalicia es una apuesta a la expectativa de vida por el asegurado y el asegurador, el asegurado apuesta a que vivirá más tiempo del promedio, mientras que la compañía de seguros apuesta a que vivirá menos, es bueno asesorarse por un asesor previsional de experiencia para optimizar en cómo hacer la jubilación y te ayude a elegir la mejor alternativa de pensión para tu caso particular.

 

¡¡¡Estamos al aguaite!!!

 

 

Muchas gracias.

 

 

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