BENEFICIOS PARA LA PAREJA DE HECHO

Las parejas convivientes y las madres de filiación no matrimonial tienen beneficios previsionales inferiores a los del matrimonio

Las parejas convivientes y las madres de filiación no matrimonial tienen beneficios previsionales inferiores a los del matrimonio

 

Beneficios previsionales para el conviviente

 

¿Conviviente tiene derecho a pensión?
Sí, para ser beneficiario o beneficiaria de pensión de sobrevivencia, el o la conviviente civil sobreviviente debe ser soltero, viudo o divorciado y haber suscrito un acuerdo de unión civil que se encuentre vigente al momento del fallecimiento del causante, a lo menos con un año de anterioridad a la fecha de dicho fallecimiento, o tres años si el acuerdo de unión civil se celebró siendo el o la causante pensionada de vejez o invalidez.

Las limitaciones relativas a la antigüedad del Acuerdo de Unión Civil (AUC) no se aplicarán si a la época del fallecimiento la conviviente civil sobreviviente se encontrare embarazada o si quedaren hijos comunes.

 

¿Qué pasa si mi pareja muere y no estamos casados?
Si tienen hijos en común inscritos en el registro civil hay pensión de sobrevivencia para la madre de filiación no matrimonial y los hijos hasta los 18 años o 24 si estudian, pero si no existen vínculos en Chile, a lo más podrían tramitar la herencia AFP como parte de la posesión efectiva que se tramita con un abogado.

Se obtienen mejores beneficios de protección familiar cuando la pareja se convierte en matrimonio, debido a que la pensión de sobrevivencia para el cónyuge es mucho mejor por la contribución en dinero a la cuenta de capitalización individual del seguro de invalidez y sobrevivencia “Seguro AFP”, que se paga en cada cotización mensual, puede ser muy importante. Estas mejoras se obtienen seis meses después del matrimonio, o un año si se estaba pensionado por invalidez, salvo que el matrimonio sea antes del dictamen de invalidez.

 

Herencia AFP:

Si en su momento no existen beneficiarios legales de pensión de sobrevivencia y en el caso de que un conviviente civil quiera proteger al otro mediante herencia AFP, debe estar hacerlo mediante un testamento antes del fallecimiento. Si el conviviente civil se encuentra pensionado en retiro programado AFP también puede testar en favor de su conviviente civil.

 

¿Qué pasa si mi pareja muere y no tenemos ningún vínculo legal en Chile?

Si la persona que se pensiona quiere proteger a su pareja sin ningún vínculo legal, debe hacerlo con un seguro de renta vitalicia garantizada y designar a su conviviente como beneficiario del periodo garantizado de la póliza. También serán beneficiarias de pensión de sobrevivencia, las madres de filiación no matrimonial.

Las parejas que viven en Unión libre les conviene casarse con un matrimonio para obtener los beneficios previsionales del sistema, que protegerán a la familia en comparación a la desprotección total de la unión libre, salvo cuando existen hijos en común.

 

Herencia pensión de sobrevivencia convivientes en Chile


Hay parejas que conviven por toda la vida igual que un matrimonio, tienen hijos y todo, pero nunca se casan. Después viene el fallecimiento del que aportaba para el hogar y al cónyuge sobreviviente nunca falta que le digan que no tiene derecho a nada.

Tal vez los bienes materiales solo queden para los hijos como herencia, eso no lo sé porque es materia de abogados.

Pero si tiene derecho a pensión de sobrevivencia, porque el cónyuge sobreviviente tiene derecho a pensión de sobrevivencia si tienen hijos en común como madre o padre de filiación no matrimonial y si dependía económicamente de la persona que falleció.

Beneficios previsionales parejas convivientes en Chile

 

Efectivamente, aquí hemos explicado bien cómo se manejan las cuestiones de beneficios previsionales en el contexto de convivencia y matrimonio en Chile.

Sin embargo, es importante aclarar que, aunque hay algunas diferencias entre los beneficios para parejas casadas y no casadas, tanto las parejas convivientes como las madres de filiación no matrimonial pueden acceder a ciertos beneficios previsionales.

Para las parejas que conviven, tener un Acuerdo de Unión Civil (AUC) puede brindar protecciones adicionales. Sin embargo, las madres de filiación no matrimonial, es decir, aquellas que tienen hijos fuera del matrimonio, también pueden tener derecho a una pensión de sobrevivencia, siempre y cuando estén registradas como tales en el Registro Civil.

Es importante recordar que cada situación es única y las circunstancias individuales pueden afectar la elegibilidad para los beneficios previsionales. Además, las leyes y regulaciones pueden cambiar con el tiempo, por lo que es siempre recomendable buscar asesoría legal actualizada en estos temas.

En cuanto a la herencia, las leyes de sucesión de Chile definen cómo se distribuyen los bienes de una persona que fallece sin dejar testamento. Los hijos de la persona fallecida tienen derecho a una parte de la herencia, pero también puede haber provisiones para la pareja conviviente.

Por último, se debe tener en cuenta que las pensiones y las herencias son temas diferentes y se rigen por leyes diferentes. La pensión por viudez es un beneficio previsional que se otorga a los beneficiarios de pensión de sobrevivencia de un trabajador que ha fallecido, mientras que la herencia se refiere a la distribución de los bienes de una persona después de su muerte. Ambas pueden ser importantes para la seguridad financiera de una pareja conviviente o de una madre de filiación no matrimonial, pero son diferentes en términos de quién tiene derecho a qué y cómo se determina eso.

 

En materia previsional los que sabemos somos los asesores previsionales registrados y esperamos cualquier consulta al respecto en relación a una pensión de sobrevivencia.

 

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