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----------- Mensaje reenviado ----------
De: Luis Fernando Correa <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
Fecha: 6 de marzo de 2018, 8:00
Asunto: Re: Pensión BV
Para: BV <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
Como en todas la profesiones hay personas que trabajan bien y otras mal, me refiero a abogados, médicos, contadores, Etc.
Dios nos dio a todos el discernimiento para tomar nuestras propias decisiones, pero es tanta la des información que recibe una persona que se va a jubilar, que más vale que se informe y tome una decisión informada para su beneficio y de toda su familia.
La figura del asesor previsional se creó para informar, guiar, aconsejar lo mejor posible a una persona que se va a jubilar que se concreta en el informe final de pensión.
Personalmente privilegio la mejor pensión posible por sobre cualquier otra cosa y sigo fielmente a la normativa previsional.
Si usted necesita jubilarse pero no tiene el panorama claro, mejor es que se quede en retiro programado un tiempo porque no le va a perjudicar y cuando esté segura, se puede cambiar a uno de los tipos de renta vitalicia
Atentos saludos.
Luis Fernando Correa
www.maspension.cl
El 5 de marzo de 2018, 22:33, BV <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.> escribió:
Antes de escribirle leí en detalle su página, quizás esto pasa por ser yo empática con usted y su trabajo y usted empática conmigo...es extraña esta situación....hasta hay asesores me han ofrecido la tercera parte de su ganancia, ósea la tercera parte del tope de las 60 Uf....no puedo evitar sentir que esto está medio podrido por todos lados....en fin...le escribí pq vi que había un intento de ser transparente, como usted guste, me responde o no.
Atentamente.
El 5 de marzo de 2018, 18:39, Luis Fernando Correa <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.> escribió:
LAS MEJORES COMPAÑIAS DE SEGUROS PARA LA JUBILACIÓN
ASESOR PREVISIONAL Y AGENTES
ASESOR PREVISIONAL SANTIAGO CHILE
El 5 de marzo de 2018, 15:13, BV <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.> escribió:
Puede ser en un comienzo por esta vía?...me están llamando cada 10 minutos (asesores o asistentes) por el tema.
Por ahora quisiera me respondiera sobre la de la X X...por idea de que si es X X me da algo un poco más de seguridad...si será posible mejorar la oferta?
Muchas Gracias
Cordiales saludos
El 5 de marzo de 2018, 6:39, Luis Fernando Correa <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.> escribió:
BB
Muchas gracias por su consulta.
¿Cuáles son sus teléfonos?
Atentos saludos.
Luis Fernando Correa
www.maspension.cl
El 5 de marzo de 2018, 9:21, BV <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.> escribió:
Estimado don Luis Fernando,
Tengo 62 años, Rut: xxx
Saldo-Pensión: $85.709.075
Mi hija de 19 años es beneficiaria.
El viernes pasado recibí Scomp adjunto.
Me interesa la aseguradora X X.
¿Será posible mejorar su oferta con oferta externa?
Me interesa ver en concreto o estar bien informada como seria en mi caso la renta temporal con renta vitalicia diferida a diferencia de la inmediata
Si me puede informar sobre sus honorarios, entiendo que por cada pensionado la aseguradora le paga al asesor (por lo que Ud. explica el dinero sale del fondo del pensionado; y como llegar que el cobro no llegue a los $3500 mensuales para siempre?); además de esto usted cobra otra parte?
Gracias por sus respuestas
Saludos cordiales
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De: Luis Fernando Correa <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
Fecha: 17 de enero de 2018, 9:41
Asunto: Re: Pensión de invalidez en proceso de pago y cumplió 65 años
Para: Yx Ux <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
Yx
Tal como le dije por teléfono, el renunciar al beneficio de una pensión de invalidez aunque sea parcial le perjudica a la persona por que usted me contactó, le sugiero que que su trabajador insista en que le comiencen a pagar su pensión a la brevedad posible.
INVALIDEZ PARCIAL
Atentos saludos.
Luis Fernando Correa
www.maspension.cl
El 16 de enero de 2018, 14:30, Yx Ux <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.> escribió:
Buenas tardes, junto con saludar quiero hacerle una consulta.. en el caso de un trabajador que realizó tramites de pensión de invalidez en la AFP a seis meses de cumplir los 65 años, y se dictaminó pensión de invalidez parcial transitoria (54%) y apeló y se dió el mismo resultado pero a la fecha no ha recibido ningún pago.. ¿ahora que ya cumplió los 65 años debe hacer el trámite de jubilación por vejez?.. en la AFP le sugirieron renunciar a la pensión de invalidez y hacer tramite por vejez.. es legal o que más le conviene.. el trabajador está cubierto por SIS...
Saludos cordiales
9XXXXXXXX
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GUIADO POR TELEFONO: (El nombre pudo haber sido cambiado par guardar la confidencialidad)
de: Jorge X <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
para: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
fecha: 24 de diciembre de 2017, 17:58
asunto: Jubilación
Buenas tardes, deseo contactarme con usted. Cumplo 65 años en agosto 2017. Felices fiestas.
Esta fue la conversación telefónica que tuvimos y recuerdo.
Luis Fernando: Jorge Buenos días usted habla con Luis Fernando Correa, asesor previsional.
Jorge: Hola
Luis Fernando: Usted ¿en que trabaja?
Jorge: Yo soy electromecánico y trabajo por mi cuenta, como independiente y hace como 3 años que no impongo.
Luis Fernando: ¿Cómo está de salud?
Jorge: Si, bueno, tengo problemas en la cadera. Tengo artrosis.
Luis Fernando: ¿Que tan complicada está la artrosis?
Jorge: Eeehhh bien complicada.
Luis Fernando: Usted ¿ha escuchado hablar del seguro de invalidez SIS?
Jorge: Si pero yo no sé si tan cerca de la época de la jubilación todavía se puede hacer algo
Luis Fernando: Si, si puede porque hace tres años que no cotizo, para optar por la pensión de invalidez con seguro SIS tendría que cotizar previamente 6 meses
Jorge: Ya, por el mínimo
Luis Fernando: Si y antes de agosto 2018 habría que hacer la Solicitud de Pensión por invalidez, así que tenemos tiempo de cotizar seis meses aunque sea por el mínimo.
Jorge: Ya, ya, pero después me dicen que me tienen que revisar los médicos y exámenes
Luis Fernando: Si pero le voy a contar una cosa, que en la última solicitud de pensión por invalidez, la compañía de seguros del SIS contribuyo con casi ciento cincuenta millones de pesos a la cuenta de capitalización individual de una persona que le estoy haciendo los trámites para jubilarse por invalidez, es decir existe una contribución del seguro AFP para conseguir una jubilación equivalente al 70% del promedio imponible de los 10 últimos años si le otorgan la invalidez total.
Jorge: ¿Es complicado que acepten la pensión de invalidez?
Luis Fernando: Si, pero si usted está muy complicado con su salud es probable que se lo acepten, depende de su salud.
Jorge: ¿Y algún medico en especial?
Luis Fernando: ¿Tiene un médico que lo conozca a usted que lo haya tratado?
Jorge: En realidad hace rato que no me trato. Puro calmante no más.
Luis Fernando: Lo que pasa es que en seis meses más va a tener que conseguirse que un médico le haga un diagnóstico y que le llene el "Certificado de antecedentes médicos para pensión de invalidez" en un formulario de la AFP.
Luis Fernando: ¿Usted donde vive?
Jorge: En XX
Luis Fernando: Bueno allí va a tener que ir al hospital o a la clínica para que un médico le llene el formulario AFP.
Jorge: Ya
Luis Fernando: ¿Cuánto tiene acumulado en la AFP?
Jorge: Como sesenta
Luis Fernando: Entonces a los 65 años usted obtendría una jubilación de doscientos y tantos mil pesos
Jorge: Si, si así me han dicho, sí.
Luis Fernando: Entonces la pensión de invalidez si antes cotizó por el tope podrá llegar a ser cerca de setecientos mil pesos.
Luis Fernando: Cuando trabajaba formalmente usted ¿imponía por el tope?
Jorge: Si, ganaba bien.
Luis Fernando: Entonces de esta manera podría conseguir una jubilación de cerca de setecientos mil pesos en comparación con la otra de doscientos y tantos.
Jorge: Si, ya, voy a empezar a cotizar entonces.
Luis Fernando: Si, yo le voy a contestar formalmente el correo que me envió y allí le voy a indicar los pasos a seguir
Luis Fernando: Yo no soy vendedor a diferencia de competidores míos, nosotros los asesores previsionales somos personas que lo que tenemos que hacer al conversar con una persona como usted, es darnos cuenta que es lo que usted necesita, como es mejor pensionarlo. Mi misión es que a cada persona que conversar o conocer, yo tengo que recomendarle lo que yo creo que técnicamente le conviene más, para que se pensione mejor en comparación a que usted hubiese hecho el tramite solo o con un agente de una compañía de seguros determinada.
Jorge: Ya caballero entonces voy a comenzar a cotizar.
Luis Fernando: Entonces le recomiendo que vaya a su AFP a pedir las claves para que comience a cotizar a través de Previred, para que no tenga que ir todos los meses a su AFP.
Jorge: Claro que si
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De: Luis Fernando Correa <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
Fecha: 25 de diciembre de 2017, 10:06
Asunto: Para iniciar trámite de pensión por invalidez
Para: X X X <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
Estimado Jorge
Por los problemas de artrosis severa que le afecta en la cadera principalmente que usted me describió y que le perjudican para poder trabajar en forma normal, usted podría obtener una pensión de invalidez, dependiendo del fallo de la comisión médica de acuerdo al grado de avance de su enfermedad.
Antes de iniciar el trámite recuerde que tiene que estar cotizando o haber cotizado hasta un año antes en su AFP, o si no cotizar 6 meses previamente para tener derecho al seguro de invalidez y sobrevivencia.
Es importante que este cotizando en su AFP o haya cotizado hasta un año antes si fue dependiente, o que cotices 6 meses antes de iniciar el trámite si es independiente, para que funciones bien el seguro que toma la AFP para estos casos y que se paga en cada cotización mensual.
El beneficio principal de una jubilación por invalidez es la contribución del seguro AFP y si no ha cotizado por más de un año, tiene que tener 6 cotizaciones previas y aunque sea por el mínimo, para conseguir una mejor pensión.
La pensión de invalidez total le otorgaría una pensión equivalente al 70% del promedio imponible de los últimos 10 años, para este caso existe un aporte adicional o la contribución de capital de parte de la compañía de seguros tomada por su AFP para conseguir la pensiónnecesaria.
La pensión de invalidez en general otorga una mejor jubilación que la pensión de vejez, porque la compañía de seguros del llamado Seguro AFP, probablemente le colocará direro en la cuenta de capitalización individual, para cumplir con la llamadapensión de referencia que se necesita para financiar la pensión de invalidez
Si no ha cotizado su pensión sería con lo que tiene acumulado y no tendría una contribución de dinero de parte de la aseguradora.
Si el fallo de la comisión médica otorga una invalidez entre 50% y 2/3 corresponde una invalidez parcial por 3 años o hasta cumplir los 65 años y en ese caso la pensión sería equivalente al 50% del promedio imponible de los últimos 10 años.
En ese caso durante los 3 años la pensión mensual la paga la compañía de seguros del seguro de invalidez y sobrevivencia que contrató la AFP para estos casos, y no de la cuenta de capitalización individual.
Adjunto el documento indicado para que su médico tratante si le da pase para iniciar la pensiónpor invalidez, lo llene con su diagnóstico, lo firme, le coloque el timbre y la fecha.
Con este certificado y los documentos civiles de su grupo familiar, le podría guiar o acompañarpara que inicie en la AFP una Solicitud de Pensión deInvalidez y comenzar el trámite.
Avíseme cuando tenga el certificado firmado por su médico tratante comuníquese conmigo para guiarle en los próximos pasos, o contáctese conmigo para cotizarle las ofertas depensión y pensionarle lo mejor posible, si es aprobada la invalidez por la comisión médica de la Superintendencia de Pensiones.
Por favor manténgame informado y estemos en contacto, le iré guiando para que tenga mejores posibilidades para que le resulte este trámite
Cordiales saludos,
Luis Fernando Correa
Asesor Previsional
CASO DE INVALIDEZ:
El siguiente es el caso de una directora de un colegio que me llamo para pensionarse por vejez porque había cumplido los 60 años y al poco rato cuando estaba haciendo el poder para trámite de pensión con asesor previsional en su computador, lo interrumpi porque al conversar con ella me di cuenta que su caso ameritaba para jubilarse por invalidez, debido a que una persona puede jubilarse por invalidez hasta los 65 años.
Iniciamos el trámite y le otorgaron la invalidez total, pero después del primer dictamen la compañía de seguros del SIS se opuso. Tuvimos que hacer un recurso de reposición que finalmente dio resultado y le otorgaron la invalidez total y permamente.
Nota: Se cuenta el milagro pero no El Santo. Copia de carta a afiliado con trámite de invalidez, informando de la contribución del seguro AFP a su cuenta de capitalización individual por UF.5.788,46 equivalentes a más de ciento cincuenta y cinco millones de pesos para poder cumplir con la pensión de referencia . Los datos personales fueron borrados porque son confidenciales.
De: Luis Fernando Correa <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
Fecha: 22 de diciembre de 2017, 9:51
Asunto: Asesoría previsional para pensionarse mejor
Para: XXX <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
Estimada XXX
Hoy amanecí muy resfriado así que opté por mandarle este correo electrónico para informarle.
Le adjunto copia de la contribución del seguro AFP de invalidez y sobrevivencia hacia su cuenta de capitalización individual que se hizo para poder obtener la pensión de referencia, que es el 70% del promedio imponible de los últimos 10 años.
Como el capital que tenía en la AFP no le alcanzaba para conseguir la pensión de referencia, el seguro AFP le colocó en su cuenta de capitalización individual UF. 5.788,46 equivalentes a $ 155.075.195 que es casi como ganarse un premio en un juego de azar, para quedar con un Certificado de Saldo por la cantidad de UF. 9.413,98 que equivale a $ 252.204.007 al día de hoy, que es la cantidad por la que estamos cotizando en Scomp su jubilación definitiva.
Como asesor previsional es muy importante que la haya guiado de buena manera, paso a paso hacia la mejor jubilación posible y estoy muy contento de que usted me haya llamado debido a que se va a quedar con una mejor jubilación que la que hubiese conseguido de otra forma.
Ya la próxima semana tendremos las ofertas de pensión y le podré hacer él informa final de pensión recomendándole la que técnicamente le conviene más a usted y a su familia, para proceder a seleccionar pensión y que comience a recibir su cheque reajustados en UF. todos los meses para siempre.
Atentos saludos.
Luis Fernando Correa Rosado
Asesor Previsional Cód. Reg. N° 247 Supen- SVS
www.maspension.cl

¿CUANTO CUESTA UN ASESOR PREVISIONAL?
X X
Junto con saludarte, quisiera solicitarte que me recuerdes el valor de tu arancel por los servicios y en que momento se cancela, me han pedido recomendaciones y con precio.. Con respecto a lo mío esperanzada espero la respuesta.
Atte. X X X
Luis Fernando Correa <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
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Estimada X
Los asesores Previsional nos financiamos con honorarios y comisiones que nos pagan las AFP o compañías de seguros.
Atentos saludos.
Luis Fernando Correa
TRAMITE DE PENSION PARA EXTRANJEROS
Una persona extranjera residente en Chile que quiere jubilarse, o una persona chilena casada con un residente extranjero en Chile, necesitan el certificado de nacimiento del país de origen
con el timbre del consulado chileno del país donde nació y luego mandarlo a Chile para timbrarlo en la cancillería y protocolizarlo en una notaría. Después conviene inscribirlo en el registrocivil porque servirá para todo tipo de trámites a seguir incluyendo la pensión de vejez, invalidez y sobrevivencia.
Le pedí un certificado de nacimiento al conjugue extranjero de una mujer que estoy pensionando y por eso les mando como ejemplo la comunicación con el marido por correo electrónico.
X X
13:47 (hace 21 horas)
para mí, C
Estimado Luis Fernando,
El certificado de la referencia ya está en manos de DHL acá en Chile por lo que espero me sea entregado dentro de esta semana.
Por favor puedes indicarme cuales son los próximos pasos a seguir...??
Saludos,
X
Luis Fernando Correa <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
15:20 (hace 20 horas)
para X X
X
Una vez entregado tu certificado de nacimiento tiene que ser timbrado o visado en el consulado del país donde naciste, después hay que llevarlo a la Cancillería del Ministerio de RREE para que lo timbren o visen, en seguida protocolizarlo en una notaría y después inscribirlo en el Registro Civil de Chile.
De esa manera cuando necesites un Certificado de Nacimiento lo podrás imprimir facilmente desde el sitio Web del Registro Civil, del cual lo podremos sacar e imprimir para iniciar la Solicitud de Pensión de tu mujer.
Atentos saludos.
X X
16:33 (hace 18 horas)
para mí, X
Luis Fernando,
OK ojalá salga todo sin contratiempos....te aviso en cuanto tenga el documento listo.
Por otro lado quisiera saber desde el momento en que dispones del certificado cuanto tiempo demora el trámite de la pensión aproximadamente.??
Saludos,
X
Luis Fernando Correa <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
14:06 (hace 0 minutos)
para X
Un poco menos de un mes
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Estimado X
De acuerdo a lo conversado me falta el nombre y cédula de identidad de su hija para hacer el poder para trámite de pènsión.
JUBILARSE SOLO
PENSIÓN DE VEJEZ
RENTA VITALICIA SIMPLE
RENTA TEMPORAL CON RENTA VITALICIA DIFERIDA
RENTA VITALICIA INMEDIATA CON RETIRO PROGRAMADO
RENTA VITALICIA GARANTIZADA A 240 MESES
ASESORIA PREVISIONAL HONORARIOS COSTOS Y BENEFICIOS
QUE ME CONVIENE PARA JUBILARME
Sin otro particular le saluda cordialmente.
Luis Fernando Correa
www.maspension.cl
Estimado Don Luis; le comunico que ya tengo resuelto el problema de trámite para mi pensión, he tomado otra opción.
En todo caso le agradezco su atención y le deseo parabienes.
Atentamente
X X X
De: Luis Fernando Correa <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
Enviado: jueves, 01 de junio de 2017 16:27
Para: X X X
Asunto: Asesoría previsional para pensionarse mejor
Luis Fernando Correa <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
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Estimado don X
Habiendo estado en su casa y haber observado lo contento que quedo usted y su
familia con la clara explicación que les entregué de los beneficios de jubilarse con
asesoría previsional, me llama poderosamente la atención su decisión.
Si por ejemplo me dijera que se va a pensionar con el asesor previsional Daniel Bautista
me parecería bién, pero si me dice que va a tomar "otra opción" que lo llevará a
jubilarse sin asesoría previsional, solo le puedo decir que tenga mucho cuidado y
"consúltelo con su familia"
Atentos saludos.
Luis Fernando Correa
Consulta por pensión de sobrevivencia
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para: X X <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
fecha: 15 de mayo de 2017, 10:31
asunto: Re: Pension X X
enviado por: maspension.cl
Estimada X
Muchas gracias por su consulta.
Como el monto de la cuenta de capitalización de su padre recientemente fallecido es de UF.916,54 y en las ofertas de pensión no le cotizaron renta vitalicia, entonces lo que hay que hacer es optar por la llamada cuarta modalidad de pensión.
De acuerdo a lo conversado mi consejo es que su madre acepte la oferta de la AFP y se quede pensionada bajo la modalidad de retiro programado AFP y apenas reciba el primer pago de pensión, haga otra Solicitud de Pensión en la AFP para ver si alguna compañía de seguros cotiza alguna renta vitalicia garantizada, debido a que la renta vitalicia simple no le conviene a su familia.
RENTA VITALICIA SIMPLE
RENTA VITALICIA GARANTIZADA
Por ser primera vez en la selección de modalidad de pensión las aseguradoras no cotizarán renta vitalicia garantizada pero si podría ocurrir cuando ya esté pensionada y lo que se solicite sea un cambio de modalidad de pensión.
Esta manera de pensionarse en retiro programado para después poderse cambiar a una renta vitalicia garantizada, se llama la cuarta modalidad de pensión.
JUBILARSE SOLO SOLA
Hay dos maneras prácticas de gestionar la cuarta modalidad de pensión, directamente sola con la AFP o a través de mi persona como asesor previsional y para eso hay que llenar y firmar un poder notarial que se hace en el sitio Web de la Superintendencia de Pensiones.
http://www.spensiones.cl/apps/mandatoTramitePension/formMandato.php
Sepa usted que una persona como su madre puede pensionarse directo con la AFP, sola con una compañía de seguros o con uno de sus agentes o con un asesor previsional como el que le está mandando estos consejos.
Le sugiero renviarle est correo electrónico a sus hermanos para que juntos puedan tomar la mejor decisión. De ustedes depente.
Atentos saludos.
Luis Fernando Correa Rosado
www.maspension.cl
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para: X X X <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
fecha: 2 de mayo de 2017, 19:17
asunto: Acerca de su selección de pensión
enviado por: maspension.cl
Señora XX
Hoy no pude cotizar porque me informaron que usted cerró el viernes su pensión con un agente.
En todo caso usted cerró a UF.020 menos de lo que le ofrecía la compañía de seguros que le coticé y tenía la oferta más alta en las mismas condiciones.
Sepa usted que no me parece bien que el agente hubiese hablado mal otra aseguradora para poder ganarse una comisión.
La compañía de seguros que le coticé tiene una clasificación de riesgo AA con más de 42.000 pensionados, 26 años de antigüedad y pertenece a un grupo económico.
Yo también he intermediado pensiones con la compañía donde cerró, pero solo cuando ocasionalmente cuando están arriba con buenas ofertas en el Certificado de Ofertas.
Personalmente privilegio la mejor pensión y no una compañía de seguros. También doy servicio de post venta.
Los $ 5.314 menos de pensión mensual que va a sacar todos los meses, los va a echar de menos cada fin de mes.
El agente por querer vender una pensión y ganarse unos pesos solo veló por sus propios intereses y no por la mejor pensión posible para usted.
Atentamente.
Luis Fernando Correa
Asesor Previsional
www.maspension.cl
P.D.: En este caso el monto cotizado era alrededor de UF.1.000
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De: Luis Fernando Correa <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
Fecha: 26 de abril de 2017, 10:21
Asunto: Re: busco informacion
Para: X X <@gmail.com>
X X
Si su esposo pertenece al 60% más pobre de la población chilena de acuerdo a la ficha de protección social, debe acercarse a la asistente social de su municipalidad para que postule y le otorguen la pensión básica solidaria de invalidez.
Una vez que tenga los documentos que entrega la asistente social, deberán iniciar el trámite en la AFP.
PENSIÓN BASICA SOLIDARIA DE INVALIDEZ
Cordialmente.
Luis Fernando Correa
www.maspension.cl
El 26 de abril de 2017, 10:08, X X <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.> escribió:
Hola leí en Internet un articulo suyo, en donde responde dudas de las personas, al parecer en forma muy amable, por eso me decidí a escribirle.
Soy casada y mi esposo cotizo muy poco en AFP X, luego le dieron gratuidad por crónico, tiene fonasa A, No ha vuelto a cotizar, tiene 58 años y jubilara por una pensión asistencial, no le alcanzaran sus pocos años de imposiciones.
Que pasara con sus pesos en la AFP, no se pueden retirar?, En caso de fallecer tampoco?.
Una vez nos dijeron que cumplidos los 55 los retirara, pero ahora que dicen que no devuelven plata, no sabemos que hacer,
Usted nos podría informar?.
Muchas Gracias.
de: X X < @gmail.com>
para: Luis Fernando Correa <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
fecha: 20 de abril de 2017, 20:14
asunto: Re: Consultas
Gracias por sus respuestas pero de la primera pregunta la duda es respecto de la PRIMA ÚNICA UNITARIA, ¿En qué consiste? ¿Cómo se calcula? ¿Se le paga a la Compañía de Seguros? y si es así ¿Por qué cobran una Comisión o Retribución de Renta Vitalicia?
otra vez, Muchas gracias.
X X
Técnicamente la prima única unitaria es un factor de cálculo para computar la pensión mensual de una oferta de renta vitalicia, normalmente los asesores previsionales no calculamos la prima única unitaria porque lo hacen los cotizadores de las compañías de seguros en forma automática.
En este cálculo entran los factores para financiar una unidad de pensión, el Capital Necesario Unitario (CNU) que tiene que ver con la relación del saldo AFP destinado a pensión y las Tablas de Mortalidad relacionadas con el pensionable y los beneficiarios de pensión de sobrevivencia.
¿Qué es la CNU? Corresponde al capital que el afiliado necesita para financiar una unidad de pensión desde hoy y hasta por un período determinado de acuerdo a su esperanza de vida, del afiliado y sus beneficiarios.
La comisión de una renta vitalicia se paga a un asesor previsional por el trabajo y su gestión del trámite de pensión para recomendar los mejor para el pensionable. Todos cobran, la AFP, los agentes y los asesores previsionales debido a que nadie trabaja por nada y los que dicen que con ellos el trámite es gratis, están mintiendo.
Una persona se puede jubilar sola sin pagar asesoría previsional, pero como la normativa es amplia es fácil cometer un error que puede significar pagar más impuestos, o conseguir una pensión más baja, o elegir una modalidad de pensión que perjudique a la familia en caso de fallecimiento.
Yo he tenido varios llamados de hijos que me han consultado después del fallecimiento de sus padres, cuando ya no hay nada que hacer, debido a que cometieron un error en la selección de pensión.
JUBILARSE SOLO
Cordiales saludos.
Luis Fernando Correa
www.maspension.cl
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fecha: 30 de marzo de 2017, 19:37
asunto: Más Pensión: AFP Cuprum retiene fondos de profesional extranjero
Esto es una petición de correo vía http://www.maspension.cl/ de:
XX y XX <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
Mi esposa, Estadounidense de nombre XX, lleva trabajando mas de 6 anos en chile, decidimos volver a USA por lo que realizamos el tramite para la recuperacion de sus fondos desde AFP Cuprum.
Luego de invertir cientos de dolares en solicitar, validar y entregar todos los documentos requeridos por la AFP, nos vienen con la sorpresa de que han decidido rechazar la devolucion de los fondos. La razon segun ellos, el documento entregado por la Embajada de Estados Unidos no cumple con lo que ellos requieren ya que el documento incorpora la palabra "le puede' al referirse a la cobertura que entrega.
Contactamos a la embajada, la cual nos dijo que este lenguaje usado en el certificado esta completamente correcto, ya que la gente puede recibir las ayudas del estado norteamericano cuando las requiere. Tambien nos explicaron que durante estos ultimos meses han tenido el mismo problema con varios ciudadanos norteamericanos que necesitan retirar sus fondos y que las AFP aleatoriamente estan decidiendo rechazar este documento formal del estado norteamericano.
Es decir, al igual que mi esposa, existen varios casos mas de profesionales Estadounidenses a quienes no se les quiere entregar sus fondos.
Solicitamos su ayuda en este caso.
Como es posible que una AFP decida invalidar un documento oficial de un Estado porque les da la gana?
Como puede ser legal que esten reteniendo los dineros de tantos trabajadores Estadounidenses?
Que podemos hacer para recuperar los mas de 10 millones de pesos que AFP Cuprum no quiere devolver a mi esposa?
Por favor ayudenos, en nuestro poder tenemos toda la documentacion, cadenas de correo con la AFP y Embajada.
Porfavor contactenos cuando quieran, ya que esta situacion usurera debe darse a conocer.
*por favor considere que abandonaremos el pais el 4 de Abril del 2017, tristemente sin el dinero que tanto necesitabamos.
Luis Fernando Correa Rosado <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
09:23 (Hace 0 minutos.)
para XX
XX
El poder retirar los dondos AFP para los extranjeros que han cotizado en Chile se hizo para que los especialistas extranjeros con título profesional jubilados en su país, que hayan sido contratados para trabajos en Chile en proyectos específicos como en la minería, puedan retirar las cotizaciones AFP al terminar su contrato.
El resto tiene que esperar la edad legal para pensionarse.
No todos los que trabajan en una AFP conocen este tema, que es parte de lo que un asesor previsional tiene que saber para poder pasar la prueba de actualización de conocimientos que cada 5 años tenemos que rendir ante la Superintendencia de Pensiones.
Cordialmente.
Luis Fernando Correa
www.maspension.cl
Esto es una petición de correo vía http://www.maspension.cl/ de:
X XCuantas UF mensuales me ofrecen de jubilacionTengo $ 89.000.000Muchas gracias
x
Muchas gracias por su consulta.
Si tuviese 65 años y su única beneficiaria de pensión de sobrevivencia fuese su cónyuge, su pensión sería de aproximadamente $ 400.000 mensuales con una
renta vitalicia garantizada a 20 años.
Pero en realidad la cotizaciónes que valen son las efectuadas con el Certificado de Ofertas del Scomp y las mejoras que le pueda conseguir como asesor previsional.
Cordialmente.
Luis Fernando Correa
Muchas gracias por su respuesta
Buenas tardes.
Quisiera consultarle si mi mamá puede acceder a una pension.
Ella es chilena y vive en Argentina hace 57 años.
Tiene 81 años. Ella trabajo en Chile como empleada de servicio domestico.
Si es si..quisiera saber cual es el costo del tramite.
Gracias.
Luis F. Correa <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
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espero que esten bien..alerta de tsunami en Chile..
Buenas noçhes don Luis me gustaría ver si es posible que jubile anticipadamente,mi rut es X-X.y mi AFP es MODELO. De antemano muchas gracias y espero su respuesta.
Luis F. Correa <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
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Querido Luis,
Mi nombre es F M. Mi padre fallecio el año pasado de esclerosis multiple y, junto a mi hermano y madre, nos dieron la pension de sobrevivencia por fallecimiento.
Junto con mi hermano cursamos el primer semestre de universidad aca en Chile, pero para el segundo semestre tuvimos que dejar los estudios debido a que tuvimos que preparar examenes para poder irnos a vivir a los Estados Unidos. Por este motivo, dejamos de recibir la pension.
Ahora en enero empezaremos de nuevo con nuestra vida academica aca en Estados Unidos.
Me gustaria saber si es posible seguir recibiendo mensualmente la pension de nuestro padre? Y cuales son los pasos a seguir, una vez ya empezado nuestra vida academica en Estados Unidos? Hay algunos papeles que tenemos que entregar o traducir?
La ayuda econimica que nos dejo nos seria muy util en estos minutos.
Muchas gracias,
F Mi
Luis F. Correa <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
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F
Los requisitos de pensión de sobrevivencia para los hijos son:
Ser mayores de 18 años de edad y menores de 24, si son estudiantes en cursos regulares de enseñanza básica, media, técnica o superior, en Chile o en el extranjero en instituciones reconocidas por el Ministerio de Educación. La calidad de estudiante debe tenerla a la fecha de fallecimiento del causante o adquirirla antes de los 24 años de edad
.
Disculpe tengo 56 años que hay de cierto q se subio la pension de la mujer a los 65 años estoy preoucupada porque estoy esperando los 60 años para jubilarme
Enviado desde Samsung Mobile.
Luis F. Correa <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
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Estimado
Junto con saludarlo cordialmente y agradeciendo el tiempo que le tome leer mi correo, quisiera realizarle una consulta y es con respecto a los requisitos y estipulaciones que establece una AFP con respecto a la entrega de los fondos previsionales que posee, o mejor dicho poseía mi padre fallecido, como herencia.
Le comento, luego de que falleciera mi padre, yo comencé a efectuar el trámite para retirar los fondos como herencia que tenia en la AFP, siendo yo el único heredero y no habiendo mas hijos en el matrimonio, cabe mencionar que el matrimonio fue anulado hace ya muchos años. Pues bien ya después de 2 meses conseguí la posición efectiva en el registro civil y el documento del SII que establece que los fondos constitutivos de herencia están exentos de pagar impuestos, ya con los documentos recopilados me presenté en la AFP Provida para iniciar el trámite y para mi sorpresa me encuentro que me están solicitando 1 documento adicional y corresponde a una declaración ya sea jurada ante notaria o bien físicamente en sucursales de Provida por parte de mi madre que establezca que ella no vivía a expensas de mi padre y a su vez me informan que este trámite demoraría no menos de 2 meses lo cual no me parece ya que la circular que leí de la Superintendencia de Pensiones D.L. N° 3500 con respecto a las Herencias no explicaba que este documento me sería solicitado y a su vez indicaba que el plazo para el pago de la herencia no seria superior a 10 días hábiles.
Por ende quisiera consultarle que puedo hacer en este caso, ya que no puedo solicitar la declaración que me está solicitando la AFP debido a que no tengo contacto con mi madre desde que nací, honestamente está inubicable y luego de esperar 2 meses por la posición efectiva no puedo esperar 2 meses más para recibir los fondos que me corresponden.
Quedo muy atento a sus comentarios y nuevamente le agradezco su tiempo por revisar este correo
Atte
R M I B
R
Para tener la seguridad del procedimiento de
HERENCIA AFP le sugiero concurrir personalmente a la Superintendencia de Pensiones, estación Moneda del metro, para hacer las consultas del caso.
Si no puede ir personalmente también puede consultar en:
Cordialmente.
Luis Fernando Correa
Buen día, según lo conversado recientemente
X X X
Miicardiopatia dilatada
Insuficiencia cardiaca
Tiene instalado dispositivos asistencia ventricular ( corazón artificial)
Atenta a tus comentarios
`x x x
Enviado desde mi Huawei de Claro.
Estimada X
Muchas gracias por su consulta.
Solo me falta el número de Rut de don
X X para mandarle las instrucciones para el trámite de
pensión por invalidez.
Cordialmente.
Luis Fernando Correa
Estimada X
Yo creo que por sus dolencias que me indicó de don X X, podría obtener una pensión de invalidez, dependiendo del fallo de la comisión médica.
Antes de iniciar el trámite recuerda estar cotizando en su AFP o cotizar 6 meses previamente, para tener derecho al seguro de invalidez y sobrevivencia.
Es importante que usted este cotizando en su AFP o haya cotizado hasta un año antes si fue dependiente, o que cotices 6 meses antes de iniciar el trámite si es independiente, para que funciones bien el seguro que toma la AFP para estos casos y que se paga en cada cotización mensual.
La pensión de invalidez total le otorgaría una pensión equivalente al 70% del promedio imponible de los últimos 10 años, para este caso existe un aporte adicional o la contribución de capital de parte de la compañía de seguros tomada por su AFP para conseguir la pensión necesaria.
Si no ha cotizado su pensión sería con lo que tiene acumulado y no tendría una contribución de dinero de parte de la aseguradora.
Si el fallo de la comisión médica otorga una invalidez entre 50% y 2/3 corresponde una invalidezparcial por 3 años o hasta cumplir los 65 años y en ese caso la pensión sería equivalente al 50% del promedio imponible de los últimos 10 años.
Adjunto el documento indicado para que su médico tratante si le da pase para iniciar la pensiónpor invalidez, lo llene con su diagnóstico, lo firme, le coloque el timbre y la fecha.
Con este certificado y los documentos civiles de su grupo familiar, le podría guiar o acompañarpara que inicie en la AFP una Solicitud de Pensión de Invalidez y comenzar el trámite.
Avíseme cuando tenga el certificado firmado por su médico tratante comuníquese conmigo para guiarle en los próximos pasos.
JUBILARSE SOLO
JUBILACION POR INVALIDEZ
ASESORIA PREVISIONAL HONORARIOS COSTOS Y BENEFICIOS
RENTA VITALICIA GARANTIZADA A 240 MESES
¿QUÉ ME CONVIENE PARA JUBILARME?
Cordiales saludos,
Luis Fernando Correa
Asesor Previsional
www.maspension.cl
https://plus.google.com/+LuisFernandoCorreaRosadoChile
Estimado, X lleva 11 años cotizando sin parar. Esta trabajando actualmente.por lo que hemos conversado con sus medicos su incapacidad seria al 100% si corazon funciona a un 15%
Cuanto cree ud que se puede demorar este tramite??? El puede estar con licencia miesntras se tramita??? Trabaja para municipalidad... tiene beneficios ???
Atenta a sus comentarios
Atte
X
Efectivamente pouede estar con licencia mientras inicia y tramita su pensión de invalidez, al presentar la licencia con una fotocopia de la Solicitud de Pensión por invalidez, tendrá menos posibilidades que le rechacen la licencia médica.
Cordialmente.
Luis Fernando Correa
Esto es una petición de correo vía http://www.maspension.cl/ de:
Pablo X
Estimado,
Mucho le agradecería me aclarara las siguientes dudas:
A fines del mes de abril del 2016 dejé de trabajar apatronado. Desde entonces he estado sin trabajo; sin embargo -y para evitar lagunas- todos los meses pago yo mismo mis cotizaciones de AFP e ISAPRE, dado que todavía me falta tiempo para jubilar (tengo 60 años). Mis consultas son:
1. ¿Tengo que en forma particular cotizar algo más aparte de AFP e ISAPRE, como lo he estado haciendo hasta ahora?
2. Para efectos de la cotización AFP puse en Previred una renta ficticia de $600.000, pero esto me ha ocasionado problemas con mi cotización de ISAPRE, ya que yo acordé con mi Isapre, al momento de mi desvinculación con la empresa, una cotización mensual independiente de 2,2 UF; pero el sistema al asumir que yo tengo esa renta indicada, está haciendo que la Isapre todos los meses me haga una devolución por la supuesta diferencia. ¿Puedo en la página de Previred no poner ingreso y sólo considerar un monto fijo mensual de cotización (en U.F. en caso de la Isapre)?
Les agradezco de antemano la atención y quedo atento a cualquier aclaración y consulta.
Le saluda atentamente,
Pablo X X
Luis Fernando Correa Rosado <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
Estimado Pablo
Las cotizaciones mensuales estarán destinadas tanto a pensión (incluye 10% de cotización obligatoria, comisión de la AFP por administración y Seguro de invalidez y sobrevivencia) como a la ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, adicionalmente estará obligados a cotizar el 7% de la renta imponible para salud, sin excepciones.
Es importante señalar que el seguro de invalidez y sobrevivencia, que le protege a usted y su familia, depende de la cantidad que usted cotiza, es decir mientras más alta sea su cotización mensual AFP es mejor, dentro de lo que se pueda.
Cordialmente.
Luis Fernando Correa
www.maspension.cl
buenas tardes estuve leyendo sobre usted, mi consulta es la siguiente, en la paguina de la superintendencia lei lo siguiente seguro de sobrevivencia para trabajadores independientes haber cotizado el mes anterior al evento
le cuento mi señora tuvo en toda su vida solo trea cotizaciones entonces se le detecto un cancer para poder ella optar al seguro de invalidez debia cotizar voluntariamenteblo cual lo hice por internedio del portal previred, cancele con fecha ocho de noviembre 2016 la cotizacion de octubre 2016 por la enfermedad mi señora fallecio con fecha 24 de noviembre y la afp me dice que no aplica porq no tenia cotizado el mes anterior al evento porq cancele el dia ocho, pero la cotizacion que se cancelo fue octubre 2016, de antemano muchas gracias si pudiese aclarar mi duda si corresponde o no pension
Enviado desde Yahoo Mail para Android
Luis F. Correa <Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.>
Andrés
Efectivamente para tener derecho al seguro de invalidez y sobreivencia hay que cotizar seis meses previo a la Soilicitud de Pensión de Invalidez o al fallecimiento.
Eso de cotizar un mes, era antes de un cambio en la normativa previsional y algunos sitios Web no están actualizados.
Por eso es mejor asesorarse personalmente con la Superintendencia de Pensiones, o por un especialista como un asesor previsional.
Cordialmente.
Luis Fernando Correa
www.maspension.cl
Mi nombre es Ema, tengo 53 años .Tengo en mis fondos $84.000.000 y APV de $ 5.000.000, con una cuota de $ 30.000 mensuales. Mi sueldo bruto es de $ 1.200.000 aprox.
Cuál sería la mejor edad para Jubilar?? Y me compensa cotizar un APV de $ 30.000
La edad de jubilación para la mujer es una opción personal en cuanto a cuando cómo y dónde.
En cuanto al APV el beneficio que tiene es tributario y conviene a las personas de altos ingresos. Por lo que si tiene ahorros inviértalo en su actividad porque le va a ser mucho más rentable.
Cordialmente,
Luis Fernando Correa
www.maspension.cl
Hola buen día, encontré el mail en la página http://www.maspension.cl/, quisiera hacerle la siguiente consulta, puedo retirar todo o un porcentaje del dinero que tengo en la afp, dado que me encuentro en las siguientes condición, estoy pasado cuatro años de la edad de jubilación y el dinero que tengo en la afp son alrededor de $ 15.000.000.- pero aún sigo trabajando, además de en la afp que me encuentro me dijeron el plan de jubilación que me correspondería seria alrededor de $ 9.000.- pesos mensuales, lo cual es bastante poco, por no decir que es nada, quisiera saber si hay alguna forma de retirar mi dinero o un gran porcentaje de con cuándo me jubile.
Muchas gracias por su tiempo, espero que me puedan ayudar.
Sin más que decir me despido
atte
Solo como pensión mensual se pueden recuperar los fondos previsionales.
Cordialmente,
Luis Fernando Correa
Consulto, no quiero aportar más, a la afp, pues en el país donde vivo ya estoy afiliado a un sistema de jubilaciones, que me recomiendas. Retirar mis fondos, etc.
Gracias--..
Tu caso sería de pensión anticipada y es muy difícil cumplir con los requisitos. Lo otro es trasladar los tiempos cotizados siempre que haya convenio un convenio internacional de pensiones entre ambos países.
Por otra parte el dinero que tienes en tu AFP esta seguro, creciendo y algún día podrías hacer uso de él. Afuera los sistemas de pensiones en general en algún momento colapsarán. Se dice que el Social Secutity de USA podría reventar alrededor del año 2040
Te sugiero si puedes, dejar el dinero de la AFP como una reserva por si acaso. Seguir aportando o no es una opción personal.
Cordialmente,
Luis Fernando Correa
www.maspension.cl
Estimado, quisiera q me oriente, tengo 41 años, hace 6 años atrás me opere de una hernia a la columna, todo bien, van a ser dos años q me apareció otra en la misma parte,,,,hace 4 meses me finiquitaron de mi trabajo, donde llevaba 16 años laborando. Hoy me sigo sintiendo mal con dolor a la cervical, dolores muy intensos.
Mi pregunta es: SI HOY NO ESTOY TRABAJANDO POR ENDE NO COTIZO, PODRE OBTENER UNA PENSIONA DE INVALIDEZ?
Quedo atenta a si respuesta, ya q seria de mucha ayuda. También pienso q con esta enfermedad no me darán oportunidades de trabajo.
Saludos cordiales.
arte.,
fc
El seguro de invalidez cubre hasta un año después de la última cotización en su AFP, por favor mándeme otro correo con sus teléfonos y número de Rut para orientarla y asesorarla.
Cordialmente,
Luis Fernando Correa
www.maspension.cl
Hola una consulta mi papa tiene 62 años solo cotizo un par de años en afp como puede jubilarse anticipadamente si ahora esta con problemas de salud desde hace un par de años ahora ultimo hasta con diálisis 3veces por semana
Podría Optar por la pensión solidaria de invalidez, si cumple con los requisitos.
Cordialmente,
Luis Fernando Correa
www.maspension.cl
Discusión: COMPENSACIÓN INDEMNIZACIÓN POR DIVORCIO CHILE
Por resolución judicial se dictamino compensación económica sin descuentos a afiliación osea efectivo siendo cancelada en 90dias me pregunta es si tengo fecha 11 de junio ¿cuándo le corresponde el pago?
De mi consideración:
Si se refiere a la compensación por divorcio no creo que la fecha sea relevante porque ese dinero ingresará a su cuenta de capitalización individual y la podrá ocupar solo cuando se jubile.
Cordialmente,
Luis Fernando Correa
www.maspension.cl
Estoy cesante, y no he podido pagar el crédito hipotecario, hay alguna forma que se pueda retirar fondos de la afp para salvar mi casa.
Alberto, el sistema previsional no fue diseñado para eso.L.F.C.www.maspension.cl
Buenas noches me gustaría saber más acerca de la pensión anticipada ya QUE NO ENTIENDO ESTA PARTE DE LA INFORMACIÒN
El requisito es que el saldo acumulado alcance para una pensión igual o superior al 70% del promedio imponible de los últimos 10 años y una pensión al menos del 80% de la PMAS.( Pensión Máxima con Aporte Solidario PMAS = $ 266.731 desde 01/07/2013).
OJALA ME PUDAN AYUDAR GRACIAS.
El sistema está hecho para que si una persona ha impuesto en forma normal, no se pueda jubilar antes de la edad legal.
Cordialmente,
Luis Fernando Correa
www.maspension.cl
Favor que me recomienda: tengo 54 años, un fondo de 86 millones, y los últimos cinco años imponiendo por el sueldo mínimo. Quiero planificar una estrategia para cuando quiera o pueda jubilar. Tiene sentido aumentar las imposiciones, mis pretensiones son de recibir unos 400 mil/ cuando jubile.
Cotice por el máximo que pueda. Cordialmente, Luis Fernando Correa www.maspension.cl
Estimado: que pasa con mis fondos si me voy a vivir a otro país.
Quedarán en su AFP hasta que usted haga uso de ellos en el momento adecuado, sino quedarán como pensión de sobrevivencia o herencia.
Cordialmente,
Luis Fernando Correa
www.maspension.cl

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